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lunes, 7 de septiembre de 2009

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”


 

Fuente: Diario El País.


 

CASO HOSPITAL MACIEL. PROSIGUEN INVESTIGACIONES A NIVEL ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL:
Mientras la jueza especializada en crimen organizado Graciela Gatti tramita un expediente en relación a la sobrefacturación de CLANIDER S.A. (empresa encargada de la limpieza del Hospital Maciel), el caso continúa su curso en otros ámbitos con importantes derivaciones. El diputado blanco Jorge Gandini presentó ante la jueza especializada nuevas pruebas vinculadas a las irregularidades constatadas en el Hospital Maciel.

El BPS inició una investigación para determinar si Clanider SA -responsable de la limpieza del Hospital Maciel- evadió aportes previsionales, como consecuencia de la diferencia entre los empleados declarados y los que efectivamente desarrollan la tarea.

En tanto, un adelanto de la auditoría del TCR ratifica las irregularidades y cuestiona la falta de controles, señalando que entre los meses de mayo de 2008 y mayo de 2009, al Hospital Maciel se le facturaron horas de trabajo correspondiente a 1.628 empleados, cuando se habían declarado 1.338, es decir, 290 trabajadores menos. El informe del TCR atribuye esa diferencia a dos posibles situaciones: más personas que las declaradas por la empresa trabajaron en el Hospital Maciel; o la cantidad de funcionarios es la real, caso en el que se constataría una sobrefacturación al nosocomio. Por otro lado, la auditoría confirma que entre el 1° de mayo de 2008 y el 31 de mayo de 2009, la empresa facturó al centro asistencial 37.540 horas de trabajo por un total de $ 4.169.290 que, según el pliego de condiciones, debían correr por cuenta de Clanider. Los técnicos del TCR interrogaron al director del centro asistencial, Daniel Parada, en relación al convenio firmado el 2 de abril de 2008 por el cual el Hospital Maciel y Clanider SA pactaron que la empresa devolvería un total de $ 3.131.489. El jerarca dijo que, en principio, el tema estaba siendo analizado por el subdirector, Óscar Gianneo y la administradora Lucía Zagía. Su intención fue "recuperar" el dinero y que "no se corte" el servicio de la empresa, debido al proyecto socio-educativo que ofrece para sus empleados. Sin embargo, Zagía aseguró que no estaba al tanto de los detalles del acuerdo, y que recién tomó conocimiento de la situación luego de consultar a la abogada y al contador del centro asistencial.

Los auditores del TCR determinaron que no existen controles efectivos para verificar las horas de trabajo realizadas, así como tampoco un sistema para registrar las faltas del personal encargado de la limpieza. Zagía admitió que, por falta de personal, no sumaba ni controlaba el ingreso de los empleados de Clanider SA, por lo que el total se realizaba mediante un cálculo en base a las facturas presentada por la propia empresa. Gianneo sostuvo que el control de las asistencias las recorridas diarias por el centro asistencial eran responsabilidad de Zagía. Consultado sobre si quedaba constancia de la faltas del personal, el subdirector contestó: "No, no hay nada escrito que yo esté enterado".


 

    CASO APLISER: VENTA DE LIBROS A VENEZUELA:
A pedido de la Justicia contra el crimen organizado, la DGI investiga la existencia de un posible caso de lavado de activos en las millonarias ventas de libros que la empresa Apliser SA realizó a Venezuela por montos altamente superiores a los costos de producción de los textos.

Apliser SA (creada en 2008) exportó a Venezuela entre diciembre del año pasado y febrero de 2009, 50 mil kilos del "set cartográfico" integrado por libro Técnicas de Ordenamiento Territorial, un cuaderno en blanco, un folleto y un mapa. La venta se realizó por unos US$ 32 millones cuando el costo de producción fue estimado US$ 500 mil, lo que llamó la atención de la Cámara de Industria, que dio cuenta de la operación al MEF.

La operación Apliser SA podría estar vinculada con una maniobra con el tipo de cambio en Venezuela, para usar el dólar preferencial que rige en ese país (a 2,14 bolívares por dólar) en el mercado negro (donde se cotiza a 6,35 bolívares). Incluso, el embajador de ese país en Uruguay, Franklin González, dijo el viernes pasado que en Venezuela se hacen "operaciones fantasma" mediante supuestas compras o ventas y utilizar el dólar preferencial para "hacer jugosos negocios".

El abogado defensor de Apliser, Dr. Jorge Barrera, expresó que "La operación se realizó en un marco de total legalidad" por lo que "no se vulneró ninguna norma jurídica ni en Uruguay ni en Venezuela". "Es una operación que evidentemente generó buenos dividendos para quien la realizó, pero tuvo lugar en el marco normativo que rige en Uruguay y Venezuela". Asimismo expresó que tampoco puede sostenerse que haya existido una maniobra mediante la utilización el doble sistema cambiario que se aplica en Venezuela. "No se violentó la Ley de Ilícitos Cambiarios de Venezuela; se actuó dentro de las normas para la importación que ese país determina".


 

EL FALLO DE LA DRA. GATTI EN EL CASO DE ANTEL:
La jueza Graciela Gatti, en el auto de procesamiento que dictó el día jueves pasado. realiza un acabado relato de cómo Elbio Javier Román Suárez llegó a ser admitido como adscripto al Directorio de Antel por una supuesta recomendación de Jorge Vázquez.

"... aprovechando la difusión pública relativa a un episodio vinculado a quien fuera vicepresidente de Antel, Gonzalo Perera, por el que éste fuera en definitiva procesado por el delito de simulación de delito, el indagado: Elbio Javier Román Suárez… en los días en que tales hechos se habían hecho públicos, haciéndose pasar por el licenciado Jorge Vázquez, prosecretario de la Presidencia de la República, se comunicó telefónicamente con el Sr. Arturo Fredy Terradas Lencina. En efecto, diciendo que era el premencionado Jorge Vázquez logró hablar por teléfono con Terradas, el que revestía como adscripto a la secretaría de Perera en Antel y cumple funciones actualmente como adscripto en la secretaría de otra Directora, Cra. Gladys Uranga. Es así que Terradas, creyendo que su interlocutor era Jorge Vázquez accedió a su pedido de recibir en Antel a una persona, Elbio Javier Román Suárez que Vázquez le enviaba para coordinar la custodia de Perera en Antel e investigar las eventuales irregularidades que Perera afirmaba estar investigando, por las que habría recibido amenazas.

De acuerdo a lo acordado, el 14 de julio, Román se presentó en Antel donde fue recibido por Terradas, quien sin exigirle documentos ni nada que lo identificara ni acreditara la derivación efectuada por el supuesto Jorge Vázquez, ni menos aún chequear con el verdadero Jorge Vázquez o su oficina, le franqueó el acceso al despacho de Perera. Luego, fueron juntos hasta el Juzgado de la Costa donde Perera estaba en ese momento detenido, oportunidad en que Román obtuvo información que demostraba, según los dichos de Carvalho, que sabía del tema y tenía contactos a nivel policial. Más tarde ese día, recogieron dos computadoras portátiles (laptops), propiedad de Antel, afectadas al uso por parte de Perera.

Al día siguiente, se le facilitó a Román el ingreso a las laptops de Perera así como a su despacho. A posteriori, ya estando Perera en libertad y cuando se encontraba en el domicilio de Terradas, que además de asesor en el ente era su amigo, se recibieron dos llamadas del falso Jorge Vázquez, es decir de Román, interesándose por Perera. La primera vez habló con Terradas y la segunda con Perera.

Posteriormente, Terradas fue nuevamente contactado por Román, haciéndose pasar por Vázquez, quien le planteó la conveniencia de que Román permaneciera en el cargo, para examinar las posibles repercusiones del "caso Perera", pero dado que Terradas no contaba con potestades para resolver este planteo, su interlocutor, (Román simulando ser Vázquez,) le dijo que en caso de duda Carvalho, Presidente de Antel, se comunicara con él al número que había proporcionado. Así lo hizo Carvalho, acordándose con el supuesto Lic. Vázquez, es decir, el indagado Román, que éste ingresaría como funcionario adscripto a la secretaría de la Directora Uranga lo que se concretó unos días después.

Ya designado como adscripto desde el 22 de julio de 2009, Román comenzó a trabajar en Antel, recibió vales por taxis, los que utilizó en su provecho, un adelanto por $ 6.000 que entregó a su esposa G. J. B. G. y el día de su detención, 1° de setiembre de 2009, acababa de cobrar su sueldo por la suma de $ 17.582.

En los primeros días de agosto Román solicitó una computadora portátil para su uso, y como se le indicó que debía hacerse la gestión a través del Lic. Jorge Vázquez en calidad de préstamo para la prosecretaría de la Presidencia, creó la nota apócrifa agregada en autos, falsificando la firma de Jorge Vázquez, hecho éste admitido por Román y corroborado por las declaraciones de Jorge Vázquez y la pericia caligráfica realizada.

Dado que las computadoras no fueron retiradas por la Prosecretaría de la Presidencia de la República, y al efectuarse comunicaciones entre Antel y aquella, por las vías oficiales regulares, se constató que la nota era falsa, formulándose denuncia policial conjunta por parte de Jorge Vázquez y Edgardo Carvalho.

Para reforzar su posición y evitar que desde Antel se contactara al verdadero Jorge Vázquez, Román suministró un número de teléfono celular, supuestamente reservado, que en realidad era de su esposa y él usaba habitualmente, donde en varias oportunidades y a solicitud suya, su esposa, atendió haciéndose pasar por la Secretaria de Jorge Vázquez..."


 

DENUNCIA CONTRA EL COMITÉ DEPARTAMENTAL DE EMERGENCIA DE DURAZNO:
Abogados de presidencia de la república presentaron en el juzgado de durazno una denuncia penal contra el comité departamental de emergencia de dicho departamento, por el destino de los dineros enviados por el gobierno central como ayuda a los damnificados por las inundaciones del año 2007. El comité de emergencia está integrado por las principales autoridades locales y funcionarios de instituciones como el regimiento, brigada aérea, policía, policía caminera, bomberos y MSP.

Los instructores sumariantes comentaron que tomaron declaraciones a altos funcionarios de la intendencia, y se constataron graves irregularidades, por lo que se resolvió efectuar la denuncia penal Los ediles de izquierda Zulma Corbo, Eduardo O`Neill y María Argüello, denuncian que "aportes y donaciones no llegaron en su totalidad a quienes debían llegar en su momento". Por el incumplimiento del convenio suscrito entre la Intendencia y el MVOTMA para reparar viviendas afectadas por la crecida; eran dos partidas de $ 3.350.000; vino la primera y se usó en cualquier cosa, queremos que se determinen responsabilidades", dijo O`Neill.

Por su parte desde la Intendencia y el Comité de Emergencia se niegan las irregularidades en el manejo de fondos para evacuados. El ex intendente Vidalín también las niega y lo atribuye a una movida de campaña electoral.

Rodríguez y Rielli investigados primero y aludidos luego ante los medios por el instructor sumariante y asesor de la Presidencia, Eduardo Sellanes, dijeron que pasarán de "acusados, a acusadores" y consideran demandar al Estado. Afirman que la investigación administrativa dispuesta por el Presidente de la República el pasado mayo "está viciada de nulidad" y "viola la autonomía municipal".


 

    DGI Y ADUANAS COORDINAN OPERATIVO POR VESTIMENTA:
La DGI coordinará un operativo con la Dirección Nacional de Aduanas DNA para realizar un "contralor" de mercadería de importación donde la DNA estime que se realizan a un valor muy bajo. Esta será la "etapa dos" de una fiscalización realizada en importaciones del sector vestimenta, donde la DGI reliquidó impuestos por $ 45 millones (unos US$ 1,9 millones).

Semanas atrás, la DGI realizó un operativo sobre 14 importadoras de vestimenta donde se detectaron diferencias entre los márgenes de ganancia declarados y los reales. Todo comenzó cuando la DNA dio aviso a la DGI sobre importaciones de vestimenta a muy bajo costo, en las que se podría configurar algún tipo de defraudación, esto es evadir el pago de impuestos intencionalmente. En colaboración con Aduanas, la DGI seleccionó empresas que hubieran importado artículos de vestimenta en un período cercano. Finalmente, se analizaron 14 empresas que constituyen el 50% de las importaciones de ese rubro en el lapso considerado.

Son firmas de dimensión mediana -no de primer nivel- tanto mayoristas como de venta directa al público. La gran mayoría de las importaciones de vestimenta de las firmas analizadas era de origen chino. Los inspectores de DGI que participaron del operativo recabaron datos sobre cuáles eran las existencias de mercadería importada en los últimos meses, a qué precios se había importado y a los precios que se comercializan. Se detectó que había "diferencias" entre lo que las empresas "tenían declarado como margen bruto de ganancia y el margen que surgía del análisis de los precios de importación y los de venta en plaza". Si bien la DGI no pudo probar una subfacturación en el mercado local (la mercadería se vendía al mismo precio promedio de plaza), sí se encontraron esas diferencias en los márgenes de ganancia que dieron lugar a una reliquidación del IRAE. En un caso, el margen de ganancia declarado por la empresa era de 15% y se encontró en el análisis con que en realidad alcanzaba al 115%.


 

PROYECTO DE LEY DE FONDO DE APOYO MUNICIPAL: El Senado aprobó por unanimidad la iniciativa oficial para la creación de un fondo de apoyo de US$ 40 millones para los gobiernos departamentales. Este fondo permitirá a las comunas acceder con libre disponibilidad en caso de dificultades económicas, y se distribuirá del siguiente modo: US$ 10 millones para la Intendencia Municipal de Montevideo y US$ 30 millones para las 18 comunas restantes. Este fondo solicitado por los jefes comunales estará disponible por un plazo de 10 años, según establece la ley. Una vez utilizado el dinero por parte de las intendencias, se deberá reintegrar al fondo para que otra comuna pueda utilizarlo.

En los próximos días, el Poder Ejecutivo promulgará el proyecto sancionado por el Parlamento.


 

LEY DE DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA: A mediados de 2010 comenzará la aplicación práctica de la ley de descentralización administrativa. Esta ley crea más de 120 municipios que estarán regidos por autoridades electas en las municipales de mayo de 2010, con un alcalde y concejales a cargo, que funcionarán en las poblaciones de más de 10.000 habitantes que no sean capitales departamentales. A su vez, en todas las poblaciones de más de 2.000 habitantes, incluyendo áreas urbanas y rurales, se admitirá la creación de esos municipios pero a partir de 2015. En aquellas donde no se alcance el número mínimo de habitantes, las Juntas Departamentales podrán crearlos.

lunes, 27 de julio de 2009

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”


 

SENTENCIA DEL TCA DETERMINO QUE SE PUEDEN CONTRATAR PORFESIONALES POR EMPRESAS SIN APORTAR AL BPS: Una sentencia del TCA determinó que las empresas pueden contratar profesionales universitarios sin tener que pagar aportes al BPS, sino a la Caja de Profesionales (CJPU), caso en el que el responsable del pago es la persona contratada. La sentencia fue dictada en el marco de un juicio iniciado por una emergencia móvil del interior del país, que reclamó la anulación de una resolución del BPS que había establecido que los médicos que tenía en condición de contratados eran empleados y, por lo tanto, debía realizar aportes jubilatorios por ellos. La empresa alegó que los médicos contratados no reciben órdenes y actúan con independencia y autonomía, por lo que no corresponde que sean considerados en relación de dependencia, lo que lleva a que deban aportar a la CJPU y no al BPS.

Según la sentencia el BPS no logró "acreditar" durante el juicio la "pretendida relación de subordinación laboral de los médicos" de la empresa demandante, por lo que hizo lugar al pedido anulatorio del acto administrativo del organismo estatal. La sentencia tiene una gran incidencia práctica porque es la primera que se reconoce que este tipo de empresas prestadoras de servicios de salud pueden tener médicos contratados fuera de la relación de dependencia. La sentencia representa un importante cambio jurisprudencial por cuanto tradicionalmente el BPS ha sostenido que los médicos que prestan servicios para las emergencias móviles son dependientes y, hasta ahora, el TCA había confirmado esa posición. El actual sistema tributario faculta a las empresas a contratar los servicios de profesionales universitarios que aporten a la CJPU y no al BPS cuando actúen bajo los índices de independencia.


 

SENTENCIA DICTAMINO QUE ADUANAS NO PUEDE REVISAR DE OFICIO CONTENEDORES EN TRANSITO: El Tribunal de Apelaciones Civil 1 confirmó la sentencia del ex juez aduanero Gustavo Pini por la cual había determinado que Aduanas (DNA) no está autorizada a revisar de oficio los contenedores en tránsito por Uruguay. La sentencia establece que la DNA no puede intervenir mercaderías en tránsito sospechosas de trasladar falsificaciones de marcas o mercaderías violatorias de los derechos de autos, por cuanto las leyes en materia de propiedad intelectual no otorgan este tipo de potestades a la administración.

Las normas vigentes en materia de propiedad intelectual no habilitan la actuación de oficio de la administración aduanera. Quién sospeche de actividades ilícitas deberá presentar la correspondiente denuncia penal para que el magistrado ordene la apertura de un contenedor en tránsito sospechoso de trasladar mercaderías con grifas falsificadas, en cuyo caso la DNA si estaría autorizada para intervenir el contenedor sospechoso. En estas materias, no es competente el juez de Aduana sino el Penal, advierte la resolución. El delito en caso de que efectivamente el contenedor contuviere grifas falsificadas sería en el país de destino y no en el país en el contenedor se encuentra en tránsito. La sentencia del TAC 1º concluye que sí pueden revisar contenedores en tránsito otros organismos estatales para la detección, prevención y represión de drogas, armas y desechos peligrosos.


 

REVOCAN FALLO RELATIVO A MODULOS METALICOS DEL PENAL DE LIBERTAD: Una sentencia dictada por el Tribunal de Apelaciones de 3º Turno (TAC), revoco el fallo de Primera Instancia que condenaba al Ministerio del Interior (MI) a eliminar los módulos metálicos (conocidos como latas) del Penal de Libertad y a buscar soluciones para terminar con el hacinamiento carcelario. El fallo había sido dictado por la Dra. Cristina Cabrera, Juez de lo Contencioso Administrativo, haciendo lugar a un recurso de amparo presentado por los abogados Gustavo Salle y Ramiro Chimuris, en el cual reclamaban una serie de medidas tendientes a mejorar la reclusión en los centros penitenciarios de todo el país. La Sentencia de Primera Instancia había condenado al MI a eliminar "las latas" del Penal de Libertad en un plazo de 120 días; a implementar políticas que terminen con el hacinamiento en las cárceles y a separar a los procesados de los condenados, todo en un máximo plazo de ocho meses.

    El Estado, a través del MI, apeló la resolución a lo cual hizo lugar el TAC 3º estableciendo en su sentencia que la vía jurídica del recurso de amparo no es la adecuada para un caso de este tipo, por cuanto éste recurso solo procede cuando no existen otros medios legales idóneos y eficaces, situación que no ocurre en este caso, razón por la cual los demandantes debieron acudir a la vía del juicio ordinario. La sentencia del Tribunal expresa también que los abogados demandantes no están "legitimados en la causa" ya que la situación del sistema penitenciario no los afecta directamente. Sin perjuicio de lo anterior, la Sentencia establece que el Estado "explícitamente reconoció" los problemas de hacinamiento en las cárceles, y por eso aprobó, por ejemplo, una ley que modificó el régimen de libertad provisional y anticipada. Agrega que, según los testimonios recogidos en el juicio, lo hecho al respecto "no ha sido suficiente".

La sentencia del TAC sostiene que el fallo de primera instancia implica una injerencia en el presupuesto del gobierno cuando la Justicia condena al Estado a eliminar los módulos metálicos del Penal de Libertad en 120 días y a terminar con el hacinamiento carcelario en un plazo máximo de ocho meses, "se está condenando, implícita pero inequívocamente a construir o procurar centros de reclusión suficientes -en plazos brevísimos y posiblemente insuficientes- en condiciones tales que contemplen los derechos de los reclusos". Por eso, el Tribunal remarca que el fallo de primera instancia "implica una decisión trascendente desde el punto de vista político y económico acerca de en qué y cuándo gastar, decisión que involucra políticas presupuestales, suponiendo una injerencia indebida del Poder Judicial en la esfera de otros Poderes".


 

TCA ACCEDIO DAR TRAMITE AL RECURSO DE NULIDAD DE GREGORIO ALVAREZ: El TCA por 4 votos admitió dar trámite al recurso de nulidad presentado por Gregorio Álvarez contra la decisión del Ejecutivo que excluyó su caso de la Ley de Caducidad. La resolución sostiene que la decisión del Poder Ejecutivo no implicó un "acto de gobierno", por lo que el TCA está habilitado a analizar el fondo del asunto para luego emitir una sentencia. La resolución definitiva del TCA puede derivar en la anulación del acto administrativo que dejó fuera de la protección de la Ley de Caducidad al general Álvarez.

La resolución del Ejecutivo recurrida habilitó a la Justicia Penal a disponer el procesamiento con Prisión en diciembre de 2007, trascendiendo que la semana pasada, la fiscal penal Mirtha Guianze pidió al juez Charles que Álvarez y Larcebeau sean condenados a la pena de 25 años de penitenciaría.


 

CASO HERMANOS PEIRANO. JUEZA DESESTIMO PEDIDO DE ARCHIVO DE LA CAUSA:


La Jueza Mariana Motta desestimo la solicitud de la defensa de los hermanos José, Jorge y Dante Peirano de archivar la causa en su contra en el juicio relativo al vaciamiento del Banco Montevideo. El fundamento de la solicitud de los abogados de los hermanos Peirano fue que el delito por el cual fueron procesados (fraude cometido por directores y administradores de Sociedades Anónimas, art. 76 de la Ley 2.230) fue derogado el pasado año. La jueza desestimo la solicitud, entre otros motivos, por cuanto el fiscal de la causa pidió la condena de los hermanos Peirano por el delito de insolvencia societaria fraudulenta, delito más grave que el imputado al momento del procesamiento. Se prevé que los abogados de Peirano apelen la decisión de la jueza.

Mientras tanto el proceso de Juan Peirano Basso está siendo estudiado por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3º Turno y se espera que en los próximos días se pronuncie respecto a la revocación o confirmación del procesamiento.


 

CASO GONZALO PERERA: La jueza penal de Ciudad de la Costa, Adriana De los Santos, a pedido del fiscal Gilberto Rodríguez, dispuso el procesamiento sin prisión del ex vicepresidente de Antel, Gonzalo Perera, por el delito de "simulación de delito". Como medida alternativa a la de reclusión la magistrada dispuso que Perera deberá someterse a tratamiento psiquiátrico durante un período de 4 meses, además de la obligación de realizar tareas comunitarias dictando clases de matemática en centros de enseñanza de la zona donde vive.

    Según trascendidos en su declaración ante la Juez Perera manifestó su arrepentimiento por lo sucedido y explicó que su conducta se debió a una difícil situación familiar que estaba atravesando.


 

CONSECUENCIAS DE LA DESINTEGRACION DE LA SCJ: DA consecuencia de la desintegración de la SCJ debido a la jubilación del ministro Hipólito Rodríguez Caorsi, el máximo órgano de justicio procedió a sortear entre integrantes de Tribunales de Apelaciones un total de 28 casos en trámite, para que pudieran seguir su curso normal. Son casos que tenían pendiente el quinto voto, por lo que luego ya se está en condiciones de dictar la sentencia. La SCJ ya comunicó al Parlamento el cese de Rodríguez Caorsi. Ahora, según lo que establece la Constitución, la Asamblea General cuenta con 90 días para, por los dos tercios de los votos, otorgar la venia al nuevo integrante. Se prevé que se optará por otorgar la venia al ministro de Tribunal de Apelaciones con mayor antigüedad, Jorge Chediak.


 

PREOCUPACION DE FISCALES POR DEMORAS EN CUBRIR VACANTES: La Asociación de Fiscales del Uruguay (AFU) expresó su preocupación por las demoras en los trámites administrativos ante el MEC para ocupar las vacantes, generando una importante acumulación de trabajo para los fiscales en actividad, generando un resentimiento notorio del servicio. Actualmente, en Montevideo hay cuatro fiscalías vacantes (dos penales y dos civiles), a lo cual se suman los traslados y ascensos propuestos para fiscales del interior, que dependen del trámite que lleven las propuestas para Montevideo. Es necesario que se adopten decisiones con la mayor celeridad, y que no se reiteren tales demoras en el futuro, a fin de que se puedan solucionar tales situaciones anómalas que permitan regularizar la prestación del servicio.


 

FUNCIONARIOS PUBLICOS EXCEDENTARIOS: Esta semana trascendió que actualmente son 165 los funcionarios públicos excedentarios a disposición, en virtud de su disponibilidad resultante de reestructuras, que permanecen en sus hogares y a pesar de ello perciben sueldo, en algunos casos desde hace más de 10 años. La ley 16.736, que habilito a declarar funcionarios públicos excedentarios data de 1996 y por la ley 17.930 del año 2005 se habilitó su reingreso por un año (art. 12). Ésta última dispone que los funcionarios públicos excedentarios eximidos del deber de asistencia al lugar de trabajo estarán a la orden de la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC), estando obligados a comparecer toda vez que sean citados para el desempeño de sus funciones transitorias en caso de necesidades extraordinarias de personal, en cualquier organismo público que así lo solicite. Del total de estos funcionarios, tan solo 30 de ellos fueron retomados para tareas transitorias durante un año. Cuando son llamados a trabajar para cumplir tareas transitorias están obligados a presentarse bajo apercibimiento de que la no presentación a dos citaciones sin causa justificada, configurará renuncia tácita. El Ministerio de Educación y Cultura es el organismo que cuenta con mayor cantidad de funcionarios excedentarios (un poco más de 100 funcionarios).

La ley 16.736 dispuso que los funcionarios presupuestados o contratados para la función pública que fueron declarados disponibles por reestructura, pasarían a redistribución por un lapso de 12 meses. Durante ese período, mantuvieron todos los derechos emergentes de su situación funcional y percibieron su sueldo base, beneficios sociales, compensación por antigüedad y por ocho horas, y compensaciones extraordinarias que percibían hasta el mes inmediato anterior al de su cambio de situación funcional, pero quedando eximidos en su obligación de asiduidad. Vencido el plazo de 12 meses quienes no ocuparon un nuevo cargo o función contratada, podían optar por abandonar definitivamente la función pública. Quienes así lo hicieron y tenían más de dos años de antigüedad, recibieron una compensación equivalente a 6 meses de retribución, aumentada en un mes por cada año continuo de antigüedad en la función pública, hasta un tope máximo de 12 meses. Los funcionarios que no optaron por abandonar definitivamente la función pública, reciben como única retribución la establecida en la tabla básica de sueldos, más la compensación máxima del grado incluida la prima de antigüedad y beneficios sociales.


 

COFE DEMANDARA AL ESTADO POR INCUMPLIMIENTO DE ACUERDO DE RECUPERACION SALARIAL: Se prevé que Cofe presentará a principios de mes próximo una demanda en la que reclamará al Estado la recuperación salarial de 2% retroactiva al 1° de enero de 2009, según el acuerdo firmado con el gobierno, el año pasado. Los funcionarios que estarían en condiciones de reclamar serían unos 10.000, pero se estima que serán unos 5.000 los que firmaran la demanda. La demanda sostiene que es inadmisible el argumento del gobierno de no otorgar la recuperación salarial para no aumentar el gasto y que se trata meramente de una decisión política que busca obtener un efecto favorable en la opinión pública. La demanda no reclama indemnización por concepto de daños y perjuicios sino solamente que se condene al Estado a cumplir con la recuperación salarial.


 

    MONTEVIDEO APROBO NORMATIVA RELATIVA A NUEVAS EDIFICACIONES: Las futuras edificaciones que se hagan en Montevideo deberán tener una aislación térmica específica, según una resolución municipal firmada el lunes por el intendente Ehrlich. Entre otras cosas, deberán incluir vidrios dobles en aquellas ventanas y aberturas que tengan una orientación hacia el Sur. A su vez, la resolución establece que el máximo de aberturas no podrá superar el 60% en cada fachada. También obliga a colocar cortinas de enrollar, postigos, celosías, esteras, toldos o persianas como elementos de protección solar. Sin embargo, no hay por el momento una disposición municipal que obligue a los organismos públicos a corregir sus aislaciones térmicas, aunque no se descarta que se haga en algún momento.


 

    PROYECTO DE LEY RELATIVO A LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE LAS PENAS: El Ejecutivo remitió al Parlamento un proyecto de ley que habilita a que los uruguayos condenados por la Justicia de un país extranjero puedan cumplir su condena en Uruguay y viceversa. El mecanismo está vigente en la Convención Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero, aprobado por la Organización de Estados Americanos (OEA) de 1993. Según la normativa, para que se pueda hacer uso de esta opción, es necesario que el delito por el cual se dictó la condena, también sea penado en el país receptor y que la sentencia sea mayor a los 6 meses de prisión. Además, prohíbe expresamente el traslado en los casos que se haya dispuesto la pena de muerte y si existen contradicciones de índole jurídica entre los países involucrados. Asimismo se prevé que todos los gastos relativos al traslado del penado, deben ser asumidos por el país donde se le dictó la sentencia.


 

    REFLOTO PROYECTO DE LEY SOBRE SEGURO ACCIDENTES CAMINO AL TRABAJO: El Senado voto la semana pasada el nuevo proyecto sobre accidentes camino al trabajo, luego de que el proyecto anterior fuera vetado por el Presidente Vázquez en mayo, por considerarlo inconveniente por cuanto su estimaba que su cobertura era de muy difícil administración y encarece el seguro de forma notoria. El nuevo proyecto sigue considerando accidente laboral todo aquel que se produzca cuando un empleado se traslada "hacia o desde" su lugar de trabajo y si no alteró o interrumpió el trayecto por causas ajenas al empleo. Pero se establecen salvaguardas: una de ellas es que el empleado no puede haber actuado "por dolo o culpa grave". El nuevo proyecto dice que el BSE abonará exclusivamente indemnizaciones por "incapacidades permanentes" de los damnificados, aclarando que se descontará el monto a percibir por el seguro obligatorio de responsabilidad civil, de modo que no se acumulen dos seguros diferentes. El texto agrega que la asistencia médica será prestada por la institución a la que el empleado esté afiliado.


 

    DECRETO POR EL CUAL SE ESTABLECE LA DEVOLUCION DE IVA DE COMPRAS A LOS TURISTAS NO RESIDENTES: El pasado lunes el Presidente Vázquez aprobó un Decreto por el cual se establece la devolución de 85,97% del IVA para los turistas no residentes (definidos como las personas que viven en otro país e ingresen al nuestro con fines de comercio, turismo o estudio) en nuestro país que realicen compras de productos nacionales por más de US$ 60 en un mismo comercio y que vayan a ser utilizados o consumidos en el extranjero. El régimen entrará en vigencia a partir de una fecha que determinará la DGI. El Ejecutivo fundamentó el nuevo régimen en su intención de "contribuir a una mejora de las condiciones de competencia del sector turístico" y consideró que la devolución de buena parte del IVA "implicará un impulso relevante" al sector. Para el caso de los turistas de cruceros, se admitirá que hayan permanecido en el país menos de 24 horas. El decreto excluye explícitamente a quienes posean pasaportes extranjeros emitidos en Uruguay.

La devolución del porcentaje de IVA referido comprende a quienes adquieran artículos de cuero o punto, alimentos, bebidas o artesanías de producción nacional con destino a ser utilizados en el exterior. El decreto define como producción nacional a los productos que fueron fabricados en Uruguay o que hayan sido elaborados en más de un país pero el último proceso sustancial de transformación se produzca en el nuestro. Los productos tienen que estar etiquetados o rotulados con la leyenda "Made in Uruguay", "Hecho en Uruguay" u otra equivalente. Para el caso de compras con tarjetas de crédito se requerirá que el titular sea una persona física y que la tarjeta haya sido emitida en el exterior. Los turistas podrán sumar boletas de un mismo comercio siempre que hayan sido emitidas en un plazo inferior a 30 días. Los locales que quieran acogerse al sistema deberán tramitar una autorización ante la DGI.

Para que sea efectiva la devolución, el egreso del turista tiene que producirse a través de los aeropuertos de Carrasco o Laguna del Sauce o de los puertos de Montevideo y Colonia. El trámite deberá hacerse ante el operador turístico de reintegro y será controlado por la Dirección de Aduanas.


 

    SENADO APROBO PROYECTO DE LEY RELATIVO AL TRASLADO DE LOS RESTOS DE ARTIGAS: El Senado resolvió aprobar el proyecto de ley que faculta al Poder Ejecutivo al traslado de los restos de nuestro prócer, y por el cual se desafecta también al regimiento del Ejercito "Blandengues de Artigas" de su custodia. El Presidente Vázquez no descarto la idea de que se convoque a una Asamblea Popular para decidir sobre el traslado de los restos de Artigas. Además se aprobó que una comisión legislativa deberá definir antes del 15 de agosto las frases de Artigas que serán esculpidas en el mausoleo, comisión que será presidida por el Vicepresidente Nin Novoa e integrada proporcionalmente por todos los partidos políticos.

    Frente a esto trascendió que la Asociación de descendientes de Artigas prepara la presentación de una acción de amparo a presentar ante la justicia una vez que se apruebe la ley. La demanda se fundamentará en el hecho de que el traslado de los restos lesiona el honor de sus descendientes y también el de la población en general. La Dra. Andrea Rodríguez, letrada patrocinante de los descendientes expresó que esta situación, que provoca perjuicios a un importante número de personas, otorga la posibilidad de alegar la afectación de lo que jurídicamente se denomina "intereses difusos" de pertenencia de la población.


 

    EL SENADO APPROBO LEY SOBRE NUEVA TERMINAL DE CONTENEDORES: El Senado aceptó ayer una modificación que se le hizo al proyecto de ley en Diputados, por la cual se asegura una presencia efectiva de mano de obra nacional en la nueva actividad. Además, el proyecto avanza hacia la posible instalación de un puerto de aguas profundas en Rocha para atraer buques transoceánicos de gran calado. La nueva ley autoriza a la ANP a constituir una S.A. con acciones nominativas cuyo objetivo será la construcción, administración, conservación y explotación de la segunda terminal de contenedores durante un plazo de 30 años.

La nueva terminal será concedida por subasta en una operación que tendrá lugar al comienzo de la próxima administración de gobierno. Para asegurar la libre competencia establecida en la Ley de Puertos, la iniciativa aprobada impide que un accionista de la sociedad anónima subastada lo sea, a su vez, de otra terminal especializada de contenedores en el puerto de Montevideo. Y tampoco podrá ser operador de contenedores en una terminal especializada de contenedores en la terminal capitalina. El contratista ganador pagará mensualmente a la ANP un monto compuesto por cánones fijos y variables según el tipo de operación. Los pagos se realizarán a partir del segundo año de la concesión.


 

PROYECTO DE LEY DE RELACIONES LABORALES EN EL SECTOR PRIVADO FUE APROBADO POR DIPUTADOS:
El Frente Amplio obtuvo las mayorías necesarias para aprobar en Diputados el proyecto de ley que regula las relaciones laborales en el sector privado. El proyecto establece un nuevo sistema de negociación colectiva de tres niveles: un consejo superior tripartito que fijará el salario mínimo nacional; la negociación por rama o sector de actividad; y la negociación por empresa. Las condiciones de trabajo formarán parte de la negociación de los dos últimos niveles, es decir por empresa y por rama de actividad. Dentro de la rama, podrán negociar bipartitamente trabajadores y empresarios sin presencia del Estado, llevando los acuerdos para ser homologados en los Consejos de Salarios.

Una de las normas del proyecto obliga a las partes a intercambiar información, para los empleadores los planes de la empresa, estado general, costos, etc, considerada como información sensible y reservada por las patronales que manifestaron su descontento con el proyecto de ley. Los partidos de oposición reclamaron al gobierno que debió promover un acuerdo nacional en torno a la negociación colectiva. Entre otras observaciones al proyecto, manifestaron que se debía incluir una cláusula de paz según la cual el sindicato no puede plantear acciones gremiales sobre actos ya acordados en el convenio.