lunes, 14 de diciembre de 2009

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”

Fuente: Diario El País.

FISCAL DE CORTE AUTORIZO FLEXIBILIZACIÓN EN LA CONCURRENCIA A AUDIENCIAS: El fiscal de Corte, Rafael Ubiría, autorizó a los fiscales penales de Montevideo para que resuelvan, atendiendo a la complejidad de los casos que se presentan en sus turnos, si concurren personalmente a las audiencias o envían a sus adjuntos o secretarios letrados para que representen al Ministerio Público en esas instancias.

Con ésta decisión se otorga a los fiscales facultades plenas para resolver si concurren ellos mismos a las audiencias o envían a algún integrante de su equipo técnico, de manera que el resto se quede en la Fiscalía con el trabajo pendiente.

Como publicáramos previamente en "El Jurista" el mes pasado, varios fiscales reclamaron terminar con el sistema de doble turno semanal vigente desde fines de 2008. Alegaron que el nuevo régimen genera que cada Fiscalía deba cumplir con el turno cada 45 días en lugar de cada 90, como ocurría cuando una sola sede estaba de turno, lo que genera atrasos en los expedientes que ya están en trámite. El fiscal de Corte señaló que esta nueva disposición no es la respuesta de la petición planteada por los fiscales penales, sino que ajusta algunos aspectos del sistema de doble turno semanal luego de un año de su implementación.


 

A PARTIR DE ENERO SE ENDURECERA LA GUERRA DE PATENTES: Los intendentes acordaron comenzar a fiscalizar las patentes en enero. Las intendencias que no cumplan la ley tendrán recortes en partidas presupuestales. Y los conductores con chapas de otros departamentos podrán ser llevados a juicio. Por falta de acuerdos entre las intendencias, los perjuicios recaerán, otra vez, sobre los contribuyentes. Todo el que circule con una matrícula de un departamento en el que no tiene una residencia o un "interés económico" -sin importar el año del vehículo-, será pasible de multas. También se le podrá retirar la chapa, o el vehículo de circulación; e incluso ser llevado a juicio.

Como toda ley, la nueva norma de empadronamientos -aprobada en enero - alcanza a todos los departamentos por igual. El director financiero contable de la Intendencia de Canelones, Hugo Pose, dijo que al 31/10/09, se vendieron 19.377 vehículos "livianos", de los cuales solamente 904 se empadronaron en el departamento canario. Es una cifra irrisoria. Canelones es el segundo departamento en población, con medio millón de habitantes. No es un disparate pensar que tendríamos que estar empadronando, en una cifra muy conservadora, el 10% de los vehículos, indicó Pose.

La resolución del Congreso de Intendentes es fiscalizar a partir del 1° de enero. Se va a hacer un instructivo sobre cómo se hará la fiscalización, independientemente de lo que pueda resolver la Suprema Corte en el correr del tiempo sobre el recurso (de inconstitucionalidad de la ley) presentado por la Intendencia de Colonia. Lo que sí se adelantó, es que este recurso es únicamente para Colonia. Por lo tanto, el resto de los intendentes vamos a fiscalizar en nuestros departamentos.

Por su parte el Dr. Alberto Varela, del Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios, indicó que el conductor puede negarse a entregar documentación privada y confidencial a los inspectores de tránsito sobre su lugar de residencia. El conductor le puede decir al inspector que no tiene ese documento y que tampoco tiene por qué circular con él encima. Lo que establece la ley es que los contribuyentes tienen que hacer una declaración jurada y presentar un certificado notarial en la intendencia pertinente. Lo que tienen que hacer los inspectores que sospechen que ese vehículo está mal empadronado, es dirigirse a esa intendencia y cuestionar que la persona tenga el domicilio que declaró. Sin embargo, fuentes municipales afirmaron que los inspectores están autorizados a solicitar esa documentación y, en caso de no ser entregada, quitar la chapa del vehículo.


 

POLICIAS DEMANDAN AL MINISTERIO DEL INTERIOR POR ERRONEA LIQUIDACIÓN DE SUS HABERES: Unos 1.500 policías de cinco departamentos presentaron una demanda millonaria contra el Estado por considerar que sus salarios fueron mal liquidados. Alegan en su escrito que el Ministerio del Interior no abonó las mejoras y beneficios otorgados por varios artículos de la ley 16.332 que otorgó primas equivalentes al 5% de los sueldos sujetas a montepío para aquellos funcionarios con más de 15 años de servicios; una primas de un 10% para los agentes que tengan una antigüedad mayor a 25 años y de un 13% para los policías con 30 años de trabajo cumplidos.

También sostienen que el Estado incumplió con la ley 16.320 que otorga a los policías beneficios gravados por montepíos por el hecho de que un agente está a las órdenes las 24 horas del día. Además consideran que las normas 16.713 (incrementa la tasa de aporte personal de policías) y la 16.911 (se refiere al pago de montepíos), les otorga mejoras salariales incumplidas.

Un documento del gremio repartido a los policías señala que cada agente "estaría cobrando de menos, en el más bajo de los salarios, una suma que oscila entre $ 2.500 y $ 3.000 por mes". Tras aclarar que los policías solo pueden reclamar por los últimos cuatro años, el documento señala: "estamos hablando de mucho dinero, no menos de $ 30.000 por año (por agente)". Ello significa que cada policía podría reclamarle al Estado unos $ 120.000 (US$ 6.000), más intereses.

Por su parte, desde el Ministerio del Interior se afirmó desconocer la existencia de deuda alguna con los funcionarios policiales.


 

CASO CASINOS MUNICIPALES: La defensa de Juan Carlos Bengoa solicitó la excarcelación del ex jerarca, quién fuera procesado con prisión en diciembre de 2007 junto con otras cuatro personas por diversas irregularidades registradas en los contratos de arrendamiento de slots para las salas de juego. La solicitud se presentará "seguramente" ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y no ante la jueza penal Fanny Canessa, quien tramita el expediente.

A mediados de noviembre, la Corte negó la libertad por "gracia" al ex jerarca, sus ex asesores Orestes González y José Luis Antúnez y al empresario privado Felipe Ruiz. Sin embargo, por las características de ese pedido, los ministros de la SCJ no fundamentaron su decisión denegatoria. Ahora, ante esta nueva solicitud que se presentará en los próximos días, los magistrados deberán expresar los motivos de su posición.

El argumento que planteará Della Valle a la SCJ es que la prisión preventiva de su cliente es muy prolongada y ya no tiene justificación, porque Bengoa cuenta desde hace varios meses con salidas transitorias, lo cual despeja cualquier duda respecto a una posible fuga o evasión de la Justicia.

En la ronda de declaraciones llevadas a cabo la "Semana que Paso", la ex contadora de la IMM Graciela Ottonello, aseguró que alertó al Intendente Arana respecto de las pérdidas constatadas en las Salas de Juego. En el encuentro con Arana le solicitó que se tomaran las medidas del caso, afirmando que luego de alertar al Intendente no hizo un seguimiento del tema por cuanto no era su responsabilidad.


 

CASO HOSPITAL MACIEL: A partir de ésta semana proseguirán las investigaciones en torno a la causa que busca esclarecer las irregularidades constatadas en el nosocomio con relación a la facturación de la empresa encargada de la limpieza. En ese marco la Juez Graciela Gatti, dispuso la realización de careos entre las partes involucradas, en virtud de la existencia de versiones contradictorias sobre lo ocurrido.

Al declarar a mediados de noviembre, Leindekar y Parada dieron versiones contrarias sobre lo ocurrido: el primero aseguró que hubo un cambio de criterio en la forma de contabilizar las horas, mientras que el segundo negó tal extremo, y dijo que lo único que se hizo fue investigar una diferencia constatada en la facturación. Zagía, por su parte, si bien admitió que era la responsable de controlar las horas facturadas y trabajadas por Clanider S.A., negó tener cualquier tipo de vinculación de las irregularidades en la facturación de la empresa de limpieza.


 

SUPREMA CORTE DESESTIMO INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA EXPROPIACION DE ESTACION DE AFE: La SCJ rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por la empresa Glenby, propiedad del empresario Fernando Barboni, contra la decisión del Ministerio de Transporte de expropiar la ex playa de maniobras de AFE.

En septiembre del 2001, Glenby firmó dos contratos con la empresa Saduf, que es del BHU. El primero se refería a la venta de la ex playa de maniobras, en el cual Glenby pagó la primera cuota de US$ 250.000, restándole otras siete entregas del ente ferroviario. El segundo contrato versaba sobre la concesión por 30 años de la ex Estación General Artigas de AFE. Glenby había licitado un proyecto de centro cultural y comercial para ese inmueble y Saduf lo adjudicó. Sin embargo, Saduf nunca entregó a Glenby la ex playa de maniobras ni la estación, lo cual derivó en pleitos por incumplimientos. El 19 de noviembre de este año, un fallo inapelable del Tribunal de Apelaciones señalaba que antes de mediados de este mes, Saduf debía otorgar la ex estación y la ex playa de maniobras a la empresa Glenby.

El ministro de Vivienda, Carlos Colacce dijo que el gobierno no entregaría ambos inmuebles a la empresa privada porque los iba a expropiar. El Ministerio de Transporte depositó US$ 8 millones para efectivizar la expropiación y la Justicia Civil le otorgó la tenencia de la ex playa de maniobras. En tanto, el Ministerio de Vivienda ya inició los trámites para expropiar la estación a la empresa Saduf. Ante estos movimientos, Glenby presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la decisión del MTOP de expropiar la ex playa de maniobras, alegando que no se habían cumplido con todas las formalidades legales.

En un comunicado de prensa el MTOP explicó que, en la Ley de Presupuesto aprobada en 2005, se estableció un nuevo régimen para la toma urgente de posesión de predios por parte del Estado en los procedimientos expropiatorios. Este régimen fue utilizado por el Ministerio para tomar posesión de la ex playa de maniobras de AFE. Ese inmueble "estaba en estado de abandono" y ahora fue incorporado al recinto portuario de Montevideo.

Según el mismo comunicado, la SCJ en una sentencia del 30 de noviembre del 2009, desestimó el recurso de inconstitucionalidad presentado por Glenby, "reafirmando la regularidad constitucional de la ley en cuestión". La sentencia señala que, durante el proceso de expropiación del inmueble, "no existe vulneración al debido proceso como se plantea por parte de Glenby.


 

CASO APLISER S.A.: La Justicia prosigue con las investigaciones en torno a las irregularidades constatadas en las millonarias ventas de libros a Venezuela realizadas por Apliser S.A, por un monto total asciende a US$ 32.000.000 siendo que el costo de impresión fue estimado en US$ 500.000.

La "Semana Que Paso" la jueza Gatti y el fiscal Perciballe tomaron declaración a una perita contable del ITF, la cual aclaró algunos aspectos relativos a los porcentajes de la operación, y ratificó la existencia de irregularidades en el negocio. La indagatoria se centra en establecer si se trató de una maniobra de lavado de activos aprovechando el tipo de cambio preferencial que rige en Venezuela para las importaciones.

Además de la investigación penal por presunto lavado de activos, la DGI también pretende establecer si Apliser S.A. ha incurrido en evasión fiscal por sus actividades de exportación a Venezuela. Para tener un panorama claro al respecto, la DGI deberá esperar al cierre del ejercicio económico de la empresa a fines de este mes.

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 7 AL 11 DE DICIEMBRE DE 2009).


 


 

VALOR IPC e IMS: Publicado en el Diario Oficial, el 7 de diciembre (Nº 27.872): Por el cual se fija el valor del Indice de los Precios del Consumo (IPC) correspondiente al mes de Noviembre de 2009 en 281,11 y el Indice Medio de Salarios correspondiente al mes de octubre de 2009 en 118,26.


 

DECRETO 538/009 INFORMACION ESTADOS CONTABLES: Publicado en el Diario Oficial, el 8 de diciembre (Nº 27.873): Por el cual se determina la información básica que deben contener los estados contables (arts. 89 y 91 Ley 16.060 en la redacción dada por los arts. 499 Ley 18.362 y art. 100 Ley 18.083 respectivamente).

    El art. 2º del Dto. 266/007 estableció los Estados Contables Básicos y la NIC 27 (Estados Financieros Consolidados y Separados) es una norma contable adecuada de aplicación obligatoria según lo dispuesto por el art. 1º del Dto. 266/007.

Resulta necesario adecuar las disposiciones establecidas por la NIC 27, en su aplicación como norma contable adecuada, a los efectos de establecer los requerimientos de acuerdo con los cuales los referidos estados contables individuales deberán ser presentados.

    Por el art. 1 del Dto. se dispone que en los casos en que las normas contables adecuadas requieran la preparación de estados contables consolidados (ECC), los emisores deberán presentar además sus estados contables individuales (ECI).

    Los ECI podrán presentarse en el mismo documento en que son presentados los ECC o en documento independiente. Los ECC y los ECI que los acompañan, constituyen, en su conjunto, los Estados Contables que deberán sometidos a la consideración de los socios o accionistas de la Sociedad (art. 97 Ley 16.060).

    En los ECI las inversiones en entidades controladas, en entidades controladas de forma conjunta y en entidades bajo influencia significativa deberán ser valuadas bajo la aplicación del método de la participación establecido en las normas contables adecuadas. En todos los casos dichas inversiones deberán resultar valuadas en los estados individuales sobre bases consistentes con las que deben ser seguidas en la preparación de los ECC en aplicación de las normas contables adecuadas.

    Las disposiciones de éste Decreto tendrán vigencia para los ejercicios económicos iniciados a partir del 1/1/09.