lunes, 30 de noviembre de 2009

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”

Fuente: Diario El País.

PROCESARON CON PRISION AL DR. CURBELO TAMMARO POR OPERACIONES VINCULADAS AL LAVADO DE ACTIVOS: El abogado penalista Carlos Curbelo Tammaro fue procesado con prisión por un delito de lavado de activos vinculado al narcotráfico y un delito de asistencia al lavado, en el marco de la investigación por la Operación Campanita. Al Dr. Curbelo Tammaro, el juez Álvarez Petraglia y el fiscal Pérez lo enviaron a prisión al considerar que violó el artículo 57 de la ley de estupefacientes, que hace referencia a la asistencia a la actividad del "lavado de activos", que establece que: "El que asista al o a los agentes de la actividad delictiva en los delitos previstos en la presente ley o delitos conexos, ya sea para asegurar el beneficio o el resultado de tal actividad, para obstaculizar las acciones de la Justicia o para eludir las consecuencias jurídicas de sus acciones, o le prestare cualquier ayuda, asistencia o asesoramiento, será castigado con una pena de doce meses de prisión a seis años de penitenciaría".

Los otros cuatro procesados son el ciudadano español José Luis Suárez -cabecilla en Uruguay de una organización de narcotraficantes desbaratada en la Operación Campanita en 2006 y actualmente cumpliendo prisión en el Penal de Libertad-, un hermano de éste, un escribano y otro narcotraficante también en prisión que cayó en la Operación Cancerbero II hace un año.

El Dr. Curbelo fue el letrado defensor de Suárez cuando éste fue detenido en la Operación Campanita, y según la prueba producida hasta el momento en la causa habría asesorado a Suárez para vender una costosa torre en la Ciudad Vieja y también para presentarse en la licitación por un edificio en Punta del Este. Esos inmuebles fueron adquiridos con dinero proveniente del narcotráfico y su valor ronda US$ 2.500.000. Incluso, la Justicia logró probar que Curbelo Tammaro invirtió US$ 180.000 en un emprendimiento inmobiliario en Punta del Este junto con Suárez. La vinculación del abogado se logró probar, principalmente, gracias a escuchas telefónicas. Tanto el abogado Curbelo Tammaro como escribanos y contadores involucrados se ocupaban de los aspectos jurídicos y contables de la maniobra, para la cual se utilizaba una sociedad anónima llamada Celmarine.

En la investigación judicial que derivó en el procesamiento con prisión de Curbelo Tammaro, el juez Álvarez Petraglia y el fiscal Pérez utilizaron la figura del "colaborador", creada hace pocos meses en la nueva legislación que rige en la lucha antilavado, que habilitó nuevas técnicas de investigación. Los "colaboradores" o "arrepentidos" son personas que participaron en el grupo delictivo o tuvieron algún tipo de vinculación con el caso y que a cambio de no ser procesadas o recibir una pena menor, acceden a brindar información.


 

CASO JORGE VAZQUEZ. INVESTIGAN PRESTAMO DEL BHU: El 3 de agosto de 2009, el BHU suscribió un acuerdo con la Junta Nacional de Drogas, el Ministerio de Vivienda y la Agencia Nacional de Viviendas con el objetivo de acordar un marco de cooperación institucional para facilitar el acceso a viviendas adecuadas y seguras al personal afectado a tareas relativas a la lucha contra el narcotráfico y el lavado de activos. Jorge Vázquez, en calidad de presidente de la Junta Nacional de Drogas, firmó el acuerdo. Poco después fue uno de los primeros 300 beneficiarios del mismo, según la resolución del BHU.

Según trascendió la semana que pasó, Jorge Vázquez, solicitó un crédito de US$ 127.000 al BHU para comprar una casa en Punta Gorda. Según la resolución del BHU la adjudicación del crédito a Vázquez se debe a la necesidad de "salvaguardar" su "integridad física" y por "razones de seguridad". El préstamo otorgado representa un 80% del valor de un inmueble ubicado en el barrio Punta Gorda. Vázquez tiene un plazo de 20 años para pagarlo con un interés de 6% mensual.

El préstamo a Vázquez fue adjudicado en el marco de un decreto firmado por el presidente de la República, Tabaré Vázquez, el 1° de julio cuando reglamentó lo dispuesto en el artículo 51 de la Rendición de Cuentas de 2007. El Partido Nacional anunció que pedirá explicaciones al gobierno por el préstamo que el BHU concedió a Jorge Vázquez.


 

CASO DGI CON CASAL: Finalmente la justicia ordeno el archivo de la demanda de la DGI contra el empresario Francisco Casal. Todo comenzó en octubre de 2007, cuando el empresario realizó la cesión de algunos de sus bienes a un familiar cercano. En octubre de 2008, la DGI promovió una "demanda de acción pauliana" y en subsidio simulatoria contra Casal, en la que sostuvo que el cambio de bienes fue hecho con fraude por el contratista ante el inminente embargo de sus bienes, por lo que reclamó que se anularan esas operaciones.

En febrero de 2009, Casal y su familiar dieron marcha atrás con el traspaso de bienes, mediante un "distracto", acción jurídica que de mutuo acuerdo extingue los contratos entre dos partes, a las que coloca en el mismo estado en que se encontraban antes de contratar. Según el empresario, esa acción fue para demostrar que no actuó de mala fe, sino que se trató de un negocio familiar que no tuvo como fin engañar a la DGI. Esa información fue aportada al juzgado civil que tramita la demanda, pero a la DGI no le conformó y decidió seguir adelante con el caso, en busca de demostrar que hubo simulación de Casal.

Sin embargo, la jueza Marta Gómez Haedo declaró "concluso el proceso por falta de objeto", afirmando que "no se advierte perjuicio alguno a la actora, el daño, requisito esencial para que pueda prosperar la acción pauliana incoada". Expresa que "se ha logrado con el mutuo disenso el fin último perseguido con el presente accionamiento, esto es que los bienes volvieran al patrimonio del deudor".

Asimismo en el otro juicio iniciado por la DGI contra el empresario, la jueza civil Loreley Opertti resolvió reducir el monto del embargo trabado de un 100% a un 17%, disponiendo también el levantamiento del embargo de las cuentas bancarias de los integrantes del Grupo Casal. Para que la medida resuelta por la magistrada del caso se efectivice, el Grupo Casal deberá presentar un depósito de US$ 1.500.000 a la orden del juzgado en una cuenta que se abrirá con ese fin. En su resolución, la magistrada prevé que todas las transacciones y movimientos financieros se harán a través de los clubes deportivos y de la empresa Mattel Consultants Inc. También señala que cada transacción realizada por el Grupo Casal será comunicada en el plazo de cinco días a partir de su realización a la AUF, a la DGI y al juzgado, acompañando copia del contrato por escrito. Además de Casal, la modificación de la medida cautelar abarca a Julio Szafran, Daniel Delgado, Carlos Aguilera, José Herrera y Gonzalo Madrid. A ellos se agregan las empresas Darrel Equities S.A., Domex Associated S.A., Nikor Consulting S.A., Mikron S.A. y Mattel Consultans Inc.


 

AHORRISTAS DE BANCOS LIQUIDADOS PREPARAN DEMANDA PENAL CONTRA AUTORIDADES DEL FRPB: Un grupo de ex ahorristas de los bancos liquidados en la crisis de 2002 preparan una demanda penal contra las autoridades de los Fondos de Recuperación del Patrimonio Bancario (FRPB), por supuestas irregularidades. Hay dos aspectos que señalan como irregulares: uno es que US$ 100 millones "fueron apartados del activo del Fondo-Banco Montevideo" ya que "hoy día no se sabe el destino de esos montos" y otro es que no han podido obtener información de los FRPB lo que entienden es violatorio de la cláusula vigésimo segunda del Reglamento del FRPB.

Tras la liquidación de los bancos, el FRPB tomó previsiones por US$ 100 millones del activo del Fondo-Banco Montevideo por posibles fallos adversos de juicios realizados por parte de ahorristas del Trade & Commerce Bank de Islas Caymán (TCB), propiedad del grupo Peirano. Estos no están comprendidos entre los cuotapartistas y hasta ahora no han ganado ninguno de los juicios al Estado para estarlo. Por ese motivo, el grupo de ahorristas que promueve la demanda quieren saber qué sucede con ese dinero que fue previsionado y hasta el momento no utilizado.

Los ahorristas de menos de US$ 100.000 recuperaron todo lo que tenían ya que el Estado los subrogó como acreedores. Los ahorristas de más de US$ 100.000, recibieron al menos esa suma más lo recuperado por el FRPB.

Al violar la cláusula (del reglamento de los Fondos y no darnos información) hemos intimado por intermedio de abogados e hicieron caso omiso, lo único que queda es hacer una demanda penal para que nos devuelvan lo que tienen retenido. No fuimos informados en ninguna oportunidad, ni tenemos información pasada o presente del hecho denunciado, no existiendo duda alguna que es un hecho más que relevante acerca de lo cual el FRPB no nos ha tenido al tanto de la situación.

También señalan que "la empresa Thesis (que administró los fondos hasta 2008) recuperó millones de dólares" pero que estos "no llegaron a los cuotapartistas". Los Fondos dependen del Banco Central BCU, cuya intención es liquidarlos tras haber transferido la gestión de los activos a República AFISA.


 

CASO HOSPITAL MACIEL: La ex administradora del Hospital Maciel, Lucía Zagía, admitió ser responsable de controlar a los empleados de Clanider, pero negó tener algún control o vinculación con la sobrefacturación, afirmando que la responsable era Clanider S.A. por pasarle mal los números, arguyendo carecer de personal suficiente para controlar esa situación.

A la salida de la Sede judicial el abogado de Zagía, Pablo Donnángelo, afirmó que su defendida "no tiene absolutamente ninguna responsabilidad en la sobrefacturación de la empresa Clanider"; que en ningún momento su clienta pensó, ni se propuso abonar horas que no fueran las que exclusivamente se realizaban por conceptos de limpieza en el hospital" y responsabilizó de la sobrefacturación a la propia empresa, con la cual negó cualquier tipo de vinculación con su defendida. Afirmo asimismo que cuando su clienta fue advertida de la sobrefacturación por el contador Álvaro Núñez, sugirió la rescisión inmediata del contrato.


 

CASO CEMENTERIOS MUNICIPALES: El edil del partido nacional, Daniel Graffigna, presentó el pasado lunes una denuncia a la Justicia sobre presuntas irregularidades cometidas en cementerios municipales, que van desde la venta ilegal de nichos y panteones hasta la desaparición de restos humanos. La denuncia apunta a la intervención de un Escribano municipal en la venta de los panteones.

Según la documentación presentada, el profesional representa a la Intendencia y también a particulares que venden nichos o panteones, actuando de ambos lados del "mostrador", a favor de personas que quieren vender bienes funerarios y también -en nombre de la comuna- da por buenos los títulos. En los documentos presentados figura una dirección repetida, en Argentina, para justificar los domicilios de distintos propietarios de nichos o panteones. No se especifica cuál es la dirección del vendedor, lo cual es una violación clara al protocolo notarial. Y en otros casos, hay vendedores de distintos bienes funerarios, en distintos cementerios, domiciliados en el mismo lugar de Argentina, afirmó el denunciante.


 

PROYECTO DE LEY PARA LA REGULACIÓN DE CONTENIDOS DE TV Y RADIO: El Consejo de Ministros enviará al Parlamento un proyecto de ley por el cual, en caso de aprobarse, el 50% de la TV privada abierta o de cable será de producción nacional -el 70% en la estatal- y las radios deberán emitir un tercio de música uruguaya, y los cines deberán pasar películas de factura local. El proyecto tiene escasas chances de aprobarse antes del fin de esta legislatura y puede quedar para la agenda del Parlamento que asuma en 2010.

Para la TV abierta privada se establece que "el 50 % de la programación total emitida deberá ser de producción o coproducción nacional", donde se incluyen los "noticieros, deportes, revistas, variedades, periodísticos, documentales, concursos, entretenimientos y todo tipo de ficción". De este porcentaje un 20% será "de ficción nacional (largometrajes, cortometrajes, telefilmes, telenovelas y seriales, comedia, drama policial, etc.), o programas de humor, videoclips musicales y difusión de espectáculos nacionales (teatro, ópera, recitales y conciertos, espectáculos de carnaval y otros)". En el caso de la TV estatal la programación de producción nacional deberá trepar a 70% y 30% de este porcentaje será de ficción nacional.

Además, tanto la TV abierta privada como la pública "deberán emitir 2 (dos) estrenos televisivos al año, de un largometraje y otro indistinto de largometraje o telefilme de producción o coproducción nacional", y "al menos "un unitario, una telenovela y una teleserie al año". Los programas educativos para niños y adolescentes "se contabilizará uno y medio por cada unidad a los efectos del cálculo del porcentaje" y lo mismo ocurrirá con "los programas nacionales que se emitan en los horarios centrales (entre las 19 y las 22 horas)". Los canales nacionales para abonados deberán cumplir las mismas pautas que los abiertos.

En cuanto a las radios, el proyecto establece que los operadores, proveedores y permisarios de contenidos y servicios de radiodifusión (pública o privada) por cualquier medio "deberán cumplir con un mínimo de emisión de música de origen nacional, que abarcará la tercera parte del total de la música programada y emitida efectivamente". Se considera música nacional "aquella en la que el compositor, el autor de la letra o su intérprete sean nacionales (naturales o legales) independientemente del lugar en que la misma haya sido grabada o el origen de su producción fonográfica".

Para los cines las normas serán dictadas por el Instituto del Cine y del Audiovisual del Uruguay que establecerá la emisión de largometrajes y cortometrajes de producción nacional y asegurará los estrenos de películas uruguayas bajo "las mejores condiciones de exhibición". El organismo también certificará la condición de nacional de los films o audiovisuales. En estas producciones solo podrán trabajar no más de un 20% de extranjeros como actores, músicos, directores, periodistas, artistas, investigadores y técnicos.

Las diferencias entre los actores involucrados en la ley se dirimirán ante el Instituto de Mediación Cultural que crea la norma del Poder Ejecutivo como "órgano desconcentrado" del Poder Ejecutivo.

Los incumplimientos de los operadores privados se sancionarán de diversas maneras. Si se trata de multas serán entre 30 y 300 UR de acuerdo a lo establecido en la ley de radiodifusión de 1977. Puede, incluso, revocarse el permiso de emisión de un canal o radio, ya que las ondas son propiedad del Estado. Se establece una graduación de sanciones, desde la observación y el apercibimiento hasta la multa y la suspensión de la actividad del emisor por 90 días, el decomiso de equipos o la revocación del permiso.


 

    SE APROBO EN SENADORES LEY MERCADO DE VALORES: El Senado aprobó por unanimidad la ley que regulará el mercado de valores, por la cual se pretende dar mayor transparencia, eficiencia y protección de los inversores. Dentro de la Bolsa de Montevideo, la aprobación de la ley se ve como algo positivo. El presidente, Ángel Urraburu, destacó dos de los capítulos que tiene la ley y que tienden a promocionar el mercado: el que crea la comisión de promoción de valores y el que establece exoneraciones y reducciones de impuestos. Para Urraburu especialmente la exoneración de IRPF al reparto de dividendos de las sociedades que cotizan en Bolsa va a impulsar la participación de las empresas. Urraburu destacó que más allá de la ley, el desarrollo del mercado de valores depende de una "decisión política" del gobierno de definir la participación de empresas estatales en la Bolsa.


 

CONTINUA CONFLICTO EN LA SALUD: La Federación Uruguaya de la Salud (FUS) realizo un paro parcial con movilización el pasado martes, en reclamo de la aplicación del régimen laboral acordado en los Consejos de Salarios. El lunes hubo una reunión, convocada por el MTSS, entre el Sindicato de la Salud Privada, los empresarios y el Ministerio que no arrojó resultados positivos.

El secretario general de la FUS valoró positivamente la intervención del MTSS en este conflicto, pues el sindicato reclamaba la "participación activa" del gobierno para hacer respetar lo pactado en la ronda salarial. La FUS espera que las negociaciones lleven a la instalación de un cronograma que permita que a partir del 1° de enero funcione el régimen laboral de cuatro días de trabajo y uno de descanso.

Si bien el cuatro y uno es el aspecto central del reclamo, la FUS también apunta a la concreción de "más y mejor Sistema Nacional Integrado de Salud" (SNIS). Para ello exige "cambios" como la ampliación del SNIS a los jubilados y trabajadores que actualmente están sin esa cobertura.

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 23 AL 27 DE NOVIEMBRE DE 2009).


 

DECRETO 526/009 COMPROMISOS DE GESTION. REGLAMENTO: Publicado en el Diario Oficial, el 24 de noviembre (Nº 27.863): Por el cual se aprueba el Reglamento para los Compromisos de Gestión en los cuales participen a cualquier título alguna persona pública.

El compromiso de gestión es un acuerdo celebrado a nivel institucional, colectivo, grupal y/o individual, en el cual se asignan recursos como contrapartida del cumplimiento de metas fijadas en sus respectivos ámbitos de competencia, vinculadas a la mejora de la gestión.

Los compromisos de gestión pueden ser:

  • Institucionales: cuando se celebran entre dos sistemas orgánicos, a través de sus órganos jerarcas.
  • Grupales: cuando se celebren entre un órgano jerarca y un conjunto de dos o más personas subordinadas al mismo
  • Colectivos: cuando se celebran entre un órgano jerarca y todo su personal.
  • Individuales: cuando se celebren entre un órgano jerarca y un subordinado (cualquiera sea la jerarquía o el vínculo funcional de éste con la persona pública).

El compromiso de gestión tendrá las siguientes etapas:

  • Formulación: acciones preparatorias de concepción, propuesta de metas e indicadores, acuerdo entre las partes, elaboración del proyecto y aprobación por la Comisión Reguladora de Compromisos de Gestión, incluyendo la suscripción del compromiso.
  • Seguimiento: desde la suscripción y durante todo el plazo de ejecución del Compromiso de Gestión
  • Evaluación: evaluación global que se efectúa inmediatamente de culminada la etapa de ejecución para determinar el grado de cumplimiento del Compromiso.

En el art. 5 se definen los criterios a aplicar en la etapa de formulación del Compromiso de Gestión. El art. 6 establece los criterios a aplicar en la etapa de seguimiento y el art. 7 los criterios de la etapa de evaluación y proceso de evaluación.


 

DECRETO 527/009 CONTROL, VIGILANCIA Y SEGURIDAD DEL ESPACIO AEREO: Publicado en el Diario Oficial, el 25 de noviembre (Nº 27.864): Por el cual se establece que será competencia exclusiva del Ministerio de Defensa Nacional (MDN), a través de la Policía Aérea Nacional, el control, vigilancia y seguridad de la totalidad del espacio aéreo jurisdiccional de la República y de toda la infraestructura aeronáutica, así como las aeronaves estacionadas en el Aeropuerto Internacional de Carrasco (AIC).

Cuando en la "Parte Pública" y en la "Zona sin restricciones" se cometa una infracción o delito no vinculado con la seguridad aeroportuaria, de infraestructura y aeronaves, la Policía Aérea Nacional, de oficio a solicitud de la Policía Nacional, se limitará a proceder a la aprehensión del presunto responsable, entregándolo de inmediato y sin más trámite a la Policía Nacional, quien será competente para llevar a cabo el procedimiento de investigación pertinente.

El Comité de Seguridad del Aeropuerto Internacional de Carrasco estará integrado, en calidad de miembros permanentes, por un representante de la Policía Aérea Nacional, uno del Ministerio del Interior, uno de la Dirección Nacional de Aduanas y uno de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica. Podrán acceder a dicho Comité, con anuencia del Ministerio del Interior, los representantes de la Dirección Nacional de Migraciones, INTERPOL, Dirección General de Tráfico Ilícito de Drogas, Dirección Nacional de Información e Inteligencia y Jefatura de Policía de Canelones.

El Director del Aeropuerto Internacional de Carrasco será el coordinador del Comité de Seguridad del AIC, encargado de implementar las tareas que se le cometen por el art. 7 del Decreto. Son competencias del Comité de Seguridad del AIC, entre otras:

  • Intercambiar información necesaria para el cumplimiento de las funciones inherentes a cada organismo con competencia en el aeropuerto
  • Coordinar el ingreso del personal del Ministerio del Interior en caso de operativo policial a las distintas zonas del aeropuerto
  • Solicitar la remisión a las compañías aéreas de las listas de pasajeros.

En caso de detención de infractores en zonas de seguridad restringida o zona estéril, por delitos comunes ajenos a la seguridad aeroportuaria, la Policía Aérea Nacional procederá a la aprehensión y entrega inmediata a la Policía Nacional, siendo competencia exclusiva de ésta última dar cuenta a la justicia.

Por el art. 10 del Decreto se aprueba el "Sistema Integrado de Seguridad y Control Aeroportuario y Solución AFIS" para el AIC.


 

DECRETO 523/009 INSTRUMENTOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE: Publicado en el Diario Oficial, el 24 de noviembre (Nº 27.863): Por el cual se fijan los instrumentos de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible y los procedimientos adecuados, conforme a las previsiones establecidas en la ley 18.308, de 18 de junio de 2008, en ámbitos departamentales y nacionales.

El art. 3 de la Ley 18.308 define al Ordenamiento Territorial como el conjunto de acciones transversales del Estado que tienen por finalidad mantener y mejorar la calidad de vida de la población, la integración social en el territorio y el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los recursos naturales y culturales.

Recomendamos la lectura del Decreto siguiendo éste enlace:

http://www.presidencia.gub.uy/_web/decretos/2009/11/ASUNTO103.pdf