lunes, 23 de agosto de 2010

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas.-

CASO COMPRAS FANTASMAS EN LA ARMADA: En un extenso dictamen de 43 carillas, la Fiscal Mónica Ferrero solicitó el procesamiento con prisión del ex comandante de la Armada Juan Fernández Maggio y otros tres oficiales por las "compras fantasmas". Otro prestó "cooperación" y se solicitó su enjuiciamiento pero sin prisión. Según el dictamen de la fiscalía, la responsabilidad por lo ocurrido recayó en el ex comandante Juan Fernández Maggio y en los oficiales en actividad Gerardo Feble (ex director de Logística); Danilo Damonte (ex responsable de Planeamiento y Presupuesto Naval); Alberto Márquez (director del Servicio de Aprovisionamiento de la Armada), y Pablo Da Costa (quien presta servicios en la Dirección General de Material Naval). Ferrero pidió que todos sean imputados por dos delitos de "fraude", salvo Feble a quien además de ese ilícito la fiscal solicitó que también sea enjuiciado por "falsificación ideológica por un funcionario público".

Para la fiscal, durante la investigación se probó "con holgura" que en la Armada "se desafectaron rubros o créditos presupuestales con la finalidad de ser gastados en el ejercicio 2008 en otros legalmente establecidos, y para utilizar dichos créditos se falsearon compras supuestamente verdaderas utilizando documentación falsa...". "En la ilegalidad del accionar mancomunado de todos los partícipes, unos se han tratado de amparar en la obediencia debida, y otros, en que el dinero se gastó dentro de la misma dependencia de donde salió".

La Juez procesó con prisión al ex comandante de la Armada, Juan Fernández Maggio, y a otros dos oficiales (Gerardo Feble y Pablo Da Costa) por las "compras fantasmas". Otro marino fue enjuiciado sin prisión y un quinto fue deslindado del caso por la Fiscalía. Respecto de Danilo Damonte lo procesó sin prisión, por aportar información a la fiscal. Los cuatro oficiales fueron embargados por US$ 600.000, dinero total por el cual en 2008 en la Armada se simuló la compra de un banco de pruebas para motores y una grúa hidráulica.

Por otra parte, la fiscal retiró la solicitud de enjuiciamiento de Alberto Márquez (director del Servicio de Aprovisionamiento) que había formulado el martes, ya que una pericia caligráfica demostró que una firma suya que existe en uno de los documentos vinculados a la maniobra fue falsificada.

Gatti y Ferrero concluyeron que el procedimiento fue "pergeñado y dirigido" por Feble y Damonte y contó con la participación de Da Costa "en la ejecución". Por eso, fueron procesados por "un delito continuado de fraude en calidad de autores". La fiscal había pedido que les fueran imputados "dos delitos de fraude", pero la jueza entendió que hubo una acción criminal sostenida en el tiempo que no se debía acotar a dos hechos. Sin embargo, la jueza desestimó la imputación del delito de "falsificación ideológica de un documento público" en torno a Feble, ya que a su criterio la fiscal hizo referencia a varios documentos, sin especificar a cuál se refería concretamente.

El fallo indica que el manejo que los oficiales hacían del dinero, entregándose entre sí elevadas sumas sin la existencia de recibos ni cuestionamientos hacia ese proceder, demuestra "la participación consciente" de los marinos en la maniobra. "No es así como debe manejarse el dinero del Estado y ello era por demás claro tanto para Da Costa, como Damonte y Feble, en atención a las jerarquías de sus cargos y funciones desempeñadas", dice Gatti. Agrega que, según Feble, la simulación de las compras se hizo en parte con dinero proveniente de fondos de ONU "que luego reintegraba, con el dinero a obtenerse con las compras ficticias". "El dinero gastado no puede ser ligado directamente a las compras que aquí se examinan sino que podrían obedecer a otras anteriores igualmente irregulares, lo que deberá ser investigado".

La fiscal Ferrero solicitó a la jueza Graciela Gatti la citación del empresario Daniel Trocki, quién junto a su hermano son dos de los principales proveedores de la Armada. La jueza Gatti y la fiscal Ferrero probaron que una cuenta existente en la filial de Nueva York del banco Hapoalim que está a nombre del primero de ellos fue asociada a la empresa "fantasma" de supuesto origen alemán llamada SWWK Motoreng con la cual la Armada simuló en 2008 la compra de un banco de prueba para motores por un total de US$ 400.000.


 

REPERCUSIONES POLTICAS TRAS LA DEROGACION DEL DELITO QUE SE LES IMPUTO A LOS PEIRANO: Las aguas estuvieron muy agitadas la semana pasada, con la repercusión que tuvo , sobre todo a nivel político, la resolución del Tribunal de Apelaciones Penal por la cual se resolvió la clausura del proceso contra los hermanos Peirano Basso.

El abogado penalista y ex secretario de la Presidencia, Gonzalo Fernández, tuvo que concurrir dos veces a la sede del Frente Amplio a dar explicaciones: primero ante los senadores y luego a la Mesa Política. Fernández le atribuye al senador blanco Sergio Abreu ser el impulsor del proyecto de ley que derogó, cuatro artículos de la ley 2.230 sobre liquidación de sociedades anónimas.

El artículo 76 de la ley 2.230 fue el que la Justicia le aplicó a los hermanos Peirano Basso para procesarlos con prisión en agosto de 2002 por el caso Banco de Montevideo. Esa norma establecía que los directores y administradores de sociedades anónimas que cometan fraude, simulación, infracción de estatutos o de una ley de orden público, sufrirán una pena de entre dos y cinco años de penitenciaría.

Este artículo fue derogado por la ley 18.411, presentada en el Senado en octubre de 2008 con la firma de los frenteamplistas Margarita Percovich y Rafael Michelini, el colorado Isaac Alfie y el nacionalista Abreu. Un mes después la Cámara de Diputados sancionó esta ley, que además de derogar los artículos 42 a 44 y 76 de la ley 2.230, acortó de 180 a 10 días la entrada en vigencia de la ley 18.387 de concurso y reorganización empresarial.

Las consecuencias que la derogación del artículo 76 podría traer en el caso Peirano, fue advertida por el ex diputado blanco Álvaro Lorenzo, cuando el tema llegó a la Cámara de Representantes ya con media sanción del Senado. Aprovechando un cuarto intermedio, el ex legislador consultó a Abreu y éste le surgió que hablara con Fernández. Según Lorenzo, éste le indicó que hacía décadas que no se aplicaba el artículo 76 de la ley 2.230, y que ese delito no aplicaba en el caso de los hermanos Peirano.

El presidente del Frente Amplio, Brovetto, acusó al Poder Judicial, cuando afirmó que "No se cometió error cuando el Parlamento votó la ley. El error se cometió en el Poder Judicial, más específicamente en el Tribunal de Apelaciones" en su fallo que clausuró el expediente del caso Peirano el 29 de julio.

Fernández afirma que no tuvo participación en la formulación de la ley de concursos y reorganización empresarial. Cuando conoció el texto del proyecto, en 2006 cuando era secretario de la Presidencia, advirtió que derogaba el artículo 76 de la ley 2230. "Esto hubiera significado un escándalo político, por sus consecuencias", ya que habría determinado la inmediata liberación de los hermanos Peirano Basso, entonces en prisión por el delito tipificado por esa norma. Fernández cuenta que advirtió de la situación al entonces ministro Danilo Astori, y que se corrió el texto original manteniendo vigente el artículo 76 de la ley 2.230. Agrega que "resulta obvio" que si hubiera querido realizar alguna maniobra o engañar a los legisladores, hubiera bastado con callarse la boca.

En su carta, Fernández relata que en los dos años que demoró el Parlamento en sancionar la nueva ley de concursos, los hermanos Peirano Basso fueron excarcelados (2007), y la Fiscalía promovió la acusación ya no por el delito previsto en el artículo 76 de la ley 2230, sino por el de insolvencia societaria fraudulenta, una figura penal más grave, tipificada por el artículo 5 de la ley 14.095. Ya como canciller, Fernández contó que recibió a mediados de octubre de 2008 al senador Abreu, que "al despedirse" le contó que estaba por aprobarse la ley de concursos. Aquí hace la primera precisión, según su versión: "la iniciativa en referirse al tema fue de Abreu, no mía". Fernández niega haberle pedido como "gauchada" a Abreu que elaborara un proyecto derogando el artículo 76 de la ley 2.230, y maneja la hipótesis que fue el senador blanco que se dio cuenta de que había que derogarlo y "obró en consecuencia".

El diputado Lorenzo le consultó, vía telefónica, a Fernández si la derogación del artículo 76 de la ley 2230 "no podía afectar la causa de los Peirano", entonces en libertad y acusados por la Fiscalía del delito de insolvencia societaria fraudulenta. "Por tanto, le expresé por teléfono mi espontánea impresión al diputado Lorenzo, que a esa altura el dichoso art. 76 había quedado atrás y que, a mi juicio, su derogación en nada podía afectar a la causa judicial, donde ahora se imputaba un delito distinto. El coincidió conmigo en esa apreciación y, en función de ello, votó la ley derogatoria", escribió Fernández en su informe a la Mesa Política del FA.

En opinión de Fernández, como al momento de sancionarse la ley derogatoria del artículo 76 de la ley 2.230, ésta disposición "ya no estaba en juego" ya que se había imputado el delito de insolvencia societaria fraudulenta, no correspondía su juicio clausurar el proceso, porque eso sería desconocer la nueva imputación. "La clausura no significa ni que se borren los antecedentes, ni equivale tampoco a una sentencia de absolución o de declaración de inocencia. En la plantilla de antecedentes judiciales respectiva se registra simplemente la clausura. Pero el antecedente penal queda".

El pasado viernes el semanario Brecha publicó que Cecilia Salom (pareja de Gonzalo Fernández e integrante de su estudio jurídico) solicitó la clausura del expediente penal por el cierre del Banco de Montevideo, tras la derogación del artículo 76 de la ley 2.230 por el que fueron procesados los hermanos Peirano y otros jerarcas de esa institución financiera, entre ellos su cliente Domingo Ratti. Desde 2008 a la fecha, tanto a Abreu, a Lorenzo como al Partido Socialista (PS) que integra y de cuya bancada Salom es asesora, el ex canciller omitió comunicarles que su estudio representaba a uno de los procesados por ese caso. El PS emitió una declaración en la que respaldó lo actuado por Fernández y aclaró que no conocía que Salom ejercía la defensa de uno de los directores del ex Banco de Montevideo.

El abogado Gustavo Salle presentó un escrito ante un juzgado en crimen organizado, dando cuenta de esta situación, en la que solicita se investigue al ex secretario de la Presidencia como posible articulador de una maniobra para beneficiar a los hermanos Peirano Basso.


 

CASO NATALIA MARTINEZ: Rodrigo B.B, acusado por la muerte de Natalia Martínez, se desdijo de la confesión que precedió a su procesamiento y negó haber estado en Piriápolis el 19 de enero de 2007, afirmando estar en su domicilio en Montevideo. Cuando fue interrogado por la exactitud con la que señaló los distintos lugares en los que había estado en la madrugada del viernes 19 de enero y en el lugar donde había dejado el cuerpo de Natalia, el procesado aseguró haberse "sentido presionado" durante los interrogatorios, lo que lo llevó a contar los hechos de esa manera.

Fuentes de la investigación aseguraron que pese al cambio de versión el caso es claro y que existen otros elementos que apuntan a ubicar al joven esa madrugada en la zona de La Rinconada. Además, el testimonio del propio Rodrigo fue contundente al describir cómo había dejado el cuerpo de Natalia, dónde ella había subido a su automóvil y cómo eligió el lugar frente a Laguna del Sauce.

Amigos y compañeros de trabajo declararon el pasado viernes que Rodrigo B.B. no estaba en Piriápolis la noche que Natalia Martínez desapareció. En tal sentido declaró el jefe de la empresa donde Rodrigo estaba empleado, quien con los documentos a la vista demostró que el joven había trabajado los días 18 y 19 de enero de 2007, en el horario habitual de 9.30 a 19.30 horas. También aseguró que Rodrigo había ido a su casamiento el día 20 de enero, pocas horas después de la desaparición de Natalia. Reforzaron estos testimonios cuatro amigos de Rodrigo, vinculados al tuning de autos, y una persona que habló por teléfono con él ese día.

Ahora, la defensa apuntará a tratar de probar -mediante el análisis de las radiobases del sistema de telefonía celular- que el encausado estaba lejos del lugar del incidente. Por el contrario, desde la investigación policial, se asegura que esos elementos probarían que Rodrigo estuvo esa mañana en donde dijo haber estado cuando fue detenido.


 

    SCJ ESTUDIA ANTEPROYECTO DE LEY DEL MINISTERIO DEL INTERIOR PARA REDUCIR HACINAMIENTO CARCELARIO: Los Ministros de la Suprema Corte tienen a estudio un anteproyecto de libertad anticipada de presos elaborado por el Ministerio del Interior. El proyecto incluye libertades anticipadas para aquellos presos que cumplieron los dos tercios de la pena mínima y están sin condena; primarios que no poseen antecedentes como menores infractores; embarazadas y enfermos terminales. Esos reclusos deberán ser liberados en función del Pacto de San José de Costa Rica suscrito por nuestro país.

El proyecto plantea que una gran parte de presos liberados contarán con un seguimiento, a diferencia de lo que ocurrió con la Ley de Humanización de Cárceles promulgada en el 2005. El control de los presos beneficiados será efectuado por la Oficina de Seguimiento de Libertades Asistidas (OSLA) y por el Programa de Medidas Alternativas a la Prisión del Patronato de Encarcelados y Liberados.

Por otra parte, el Ministerio del Interior recibió un escrito de la Suprema Corte manifestando su rechazo al anteproyecto de ley de cupos penitenciarios. Los Ministros de la SCJ observan que un juez, antes de dictaminar un procedimiento de una persona, no puede estar condicionado a si hay o no cupos en el sistema carcelario.


 

    INVESTIGACION REVELA QUE LA MAYORIA DE ORGANISMOS ESTATALES NO CUMPLE CON LEY ANTICORRUPCION: La mayoría de los organismos del Estado se encuentra en falta con la ley anticorrupción que contiene una disposición que obliga a rotar los jefes de compras de las respectivas unidades ejecutoras cada treinta meses, de acuerdo con la respuesta a un pedido de informes hecho por el diputado colorado Juan Ángel Vázquez. Apenas 6 de 44 organismos consultados respondieron a la pregunta del legislador.

La ley está vigente desde marzo del año 2003 y en muchos casos no se ha cumplido. El legislador puso como ejemplo la situación generada en la Armada, donde el responsable de Logística del Estado Mayor, el capitán Gerardo Feble, estuvo más de una década al frente de esa repartición.


 

AFJU RESOLVIO DEJAR EN SUSPENSO LAS MEDIDAS DE LUCHA: Los funcionarios del Poder Judicial resolvieron dejar en suspenso las medidas de lucha en reclamo de mejoras salariales luego de recibir señales positivas del Poder Ejecutivo a sus planteos. La asamblea de la AFJU aprobó facultar al consejo directivo del sindicato para que adopte medidas de fuerza en caso de que las negociaciones con el gobierno no fructifiquen. Eventualmente se podrían reactivar los paros sorpresivos que se aplicaron en las últimas semanas.

El sindicato valoró positivamente la postura del Ministerio de Economía (MEF) cuya intención es mandar un mensaje presupuestal para el Poder Judicial que contemple el crecimiento de los créditos presupuestales, mientras que el Parlamento sería quien decida "el destino de esos créditos", según informó el MEF a los trabajadores, días atrás. Además, el Ejecutivo no aprobaría la propuesta de aumento general, tal como lo planteó la SCJ en su borrador. Estas coincidencias permiten distender la posibilidad de conflicto aún cuando todavía resta definir el porcentaje que se destinará para el presupuesto del Poder Judicial.

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 16 AL 20 DE AGOSTO DE 2010).

DECRETO 240/010 REGIMEN FACILIDADES PAGO LEY 17.555: Publicado en el Diario Oficial el 20 de agosto (Nº 28.043): Por el cual se sustituye el art- 3º del Decreto 449/009 por el siguiente: "Los agentes de retención y percepción no podrán ampararse al régimen de facilidades a que refiere la ley 17.555 de 18 de setiembre de 2002, por adeudos derivados de su calidad de tales, en tanto hayan retenido o percibido el tributo correspondiente".

El Decreto 21/009 faculto a la DGI a otorgar el régimen de facilidades de pago establecido por la Ley 17.555 (de reactivación económica) en las condiciones indicadas por Decreto 370/002. El Decreto 449/009 precisó el alcance del régimen de facilidades de pago.


 

    ACORDADA 7688 PRINCIPIOS DE ETICA JUDICIAL IBEROAMERICANA: Publicada en el Diario Oficial el 16 de agosto (Nº 28.039): Por la cual se declara con valor de Acordada a los "Principios de la Etica Judicial Iberoamericana", previstos en la Parte I del Código Modelo de Etica Judicial aprobado por la Asamblea Plenaria de la XIII Edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana.

    Acceda al Texto del Código Modelo de Etica Judicial, siguiendo éste enlace:

http://www.cumbrejudicial.org/c/document_library/get_file?folderId=27110&name=DLFE-1306.pdf