lunes, 14 de junio de 2010

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”

OPINIONES DE EXPERTOS SOBRE EL PROYECTO DE LEY QUE FLEXIBILIZA SECRETO BANCARIO: De prosperar el proyecto de ley, la DGI podrá pedir el levantamiento del secreto bancario a la Justicia Civil "en forma expresa y fundada" cuando ejerza "sus facultades fiscalizadoras y respecto de obligaciones tributarias no prescriptas". "La sentencia que resuelva el incidente deberá pronunciarse en un plazo máximo de 60 días de presentada la solicitud de levantamiento. La sentencia que se dicte será apelable sin efecto suspensivo". Actualmente la DGI puede pedir el levantamiento del secreto bancario a la Justicia Penal solo en casos de presunción de defraudación. Ahora se flexibiliza eso para dejarla en igualdad de condiciones que cualquier fisco extranjero con los que Uruguay firme acuerdos de intercambio de información.

El tributarista Alberto Varela (Ferrere Abogados) afirmó al Diario El País que, de prosperar el proyecto, la potestad de la DGI "está relativizada de una manera tan amplia que va a ameritar que siempre haya levantamiento". "Toda inspección (que haga la DGI) va a comenzar con un levantamiento del secreto bancario", ya que el organismo tendría allí razones "fundadas". Además cuestionó que "se siguen reforzando las facultades del fisco y no las del contribuyente".

Por su parte el Dr. Leonardo Costa afirmo que así como está redactada la norma "no hay tutela jurisdiccional". Evaluó que se le da una "carta blanca a la DGI" para fiscalizar y señaló que se deberían haber creado primero juzgados especializados en temas tributarios, ya que la Justicia suele acceder a todo lo que la DGI le solicita.

El Ministro de Economía, Fernando Lorenzo defendió la potestad que se le da la DGI al respecto, afirmando que lo que se busca con el proyecto es que el país se ponga en sintonía con las mejores prácticas internacionales en la materia.


 

JUDICIALES SE DECLARARON EN PRECONFLICTO: La Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay (AFJU) se declaró en preconflicto ya que, según sostiene, la Suprema Corte elaboró las bases del presupuesto del Poder Judicial sin habilitar una instancia de intercambio con los trabajadores. Eso llevará a que durante el actual período "se mantengan las inequidades salariales que nosotros queremos solucionar", expresó el dirigente Sergio Núñez. "Nosotros queremos dialogar con la Corte sin condiciones, porque en última instancia son ellos quienes finalmente resuelven el mensaje presupuestal que se va a enviar al Parlamento", agregó.

Por su parte, el presidente de la SCJ, Jorge Chediak, dijo que "solamente se cerró" el tema presupuestal en cuanto a la reestructura que reclaman los funcionarios, ya que se entiende que es un proceso que se llevó a cabo durante el período anterior. En el presupuesto pasado se privilegió el salario de los funcionarios administrativos en detrimento al de los técnicos.


 

CONCLUSIONES DE LA SEGUNDA REUNION DEL CONSEJO SUPERIOR TRIPARTITO: El pasado martes se realizó la segunda reunión del Consejo Superior Tripartito (CST), donde el Pit-Cnt afirmó que pretende que los convenios laborales sean de dos años y medio, en lugar de los tres o cinco que plantea el Poder Ejecutivo. Solicitó asimismo que el aumento de 50% del salario mínimo previsto para dentro de tres años se haga efectivo en dos. El dirigente sindical Richard Read agregó que propondrán que no se tome el desempeño del empleo como variable para el crecimiento salarial debido a que en algunos sectores es muy difícil realizar su medición.

El Director de Trabajo, Julio Baraibar, señaló que el aumento del salario mínimo dependerá del crecimiento de la economía y que el gobierno busca dará mayor prioridad a los sectores más sumergidos.

El sector empresarial afirmó desconocer que en la reunión habría una instancia de elevación de propuestas por parte del Pit-Cnt, por lo que solicitaron un cuarto intermedio para analizar los planteos sindicales. Por ello el CST resolvió terminar de definir el próximo miércoles 16 los parámetros de funcionamiento del grupo junto a una delegación del Ministerio de Economía.

Habría acuerdo para ampliar la comisión del CST a nueve integrantes por cada parte dado que la OIT señaló como inconveniente que estuviera compuesta por nueve integrantes del gobierno y seis por trabajadores y empresarios.

Por otra parte en el Consejo Superior de Salarios Públicos (CSSP) trascendió que los funcionarios Estatales solicitaron tener ingerencia en la discusión del presupuesto quinquenal de cada organismo, y que se ponga sobre la mesa toda la información disponible. Esta petición incluiría que los trabajadores conozcan los planes de inversión y planes a futuro de las empresas. Por su parte, el ministro de Trabajo, Eduardo Brenta, advirtió que el Estado ofrecerá la información de interés de los trabajadores, en particular la referida a los aspectos salariales. No obstante, el Ministro señaló que hay un conjunto de decisiones de las empresas que no afectan la relación con sus trabajadores, que no serán revelados a los funcionarios.

La negociación de los públicos se desarrollará en seis grupos: empresas públicas, judiciales, Universidad de la República, educación, administración central y municipal. Se formarán dos grupos dentro de la enseñanza debido a que tienen presupuestos diferenciales, uno para los dependientes de ANEP y otro para la Universidad. El sindicato policial negociará en el grupo de administración central.


 

SENTENCIA DEL TCA ORDENO ANULAR "LISTA NEGRA" DEL BROU: El TCA anuló una resolución de 2006 del BROU que creó un registro de funcionarios que hayan presentado acciones judiciales contra la institución o recursos de revocación contra decisiones administrativas. La acción de nulidad había sido presentado por un grupo de funcionarios del BROU que alegaron que el hecho de que la institución anote en sus fichas funcionales esa información representa una violación de la Constitución, ya que atenta contra el derecho de defensa de los trabajadores. Los funcionarios agregaron que la conformación del registro puede conllevar una medida sancionatoria, sobre todo si se toma en cuenta la trascendencia del manejo de datos personales y sus efectos en la carrera funcional de los trabajadores.

El BROU, por su parte, sostuvo que la existencia del registro no favorece ni perjudica a ningún funcionario. En ese sentido, la institución aseguró que la anotación no constituye un mérito ni tampoco demérito para los trabajadores.

El TCA, por unanimidad, acogió la acción de nulidad al considerar que "una anotación registral de tal naturaleza producirá un efecto intimidatorio o, al menos, limitante del derecho de defensa que constituye, a su vez, la garantía de efectividad de los derechos consagrados en la Constitución". "No resulta razonable entender cuál pueda ser la utilidad de la información de las instancias en que el funcionario se opuso al Banco, si no es para considerarlas como un demérito". Por lo anterior, es lógica la conclusión de los funcionarios del BROU respecto a que el registro "constituye una especie de sanción encubierta, que se ejerce mediante una coacción ilegítima que provoca un menoscabo y una aflicción".


 

SE ACLARO JUDICIALMENTE EL CASO DE NATALIA MARTINEZ: Luego de 1237 días de investigación para llegar hasta el responsable de la muerte de Natalia Martínez, un joven de 25 años, se confesó como el responsable. El joven, de iniciales R.B.B., relató que esa noche había llevado a Natalia en su coche y que mientras viajaba por la ruta Interbalnearia, hacia Punta del Este, Natalia sufrió un ataque de asma y se descompensó. Dijo que se asustó cuando la joven perdió el conocimiento y decidió abandonarla en un predio cerca del Club del Lago, en Laguna del Sauce, luego de atarle las manos.

Los investigadores se concentraron en la lista de contactos que Natalia Martínez tenía a través de su chat, y allí surgieron algunos nombres de jóvenes que habían estado en Piriápolis en enero de 2007. Entre ellos el de M.S., un joven que había mantenido una relación muy estrecha con Natalia y que, a su vez, mantenía una cercana amistad con R.B.B. Cuando R.B.B. fue entrevistado por primera vez en sus declaraciones terminó inculpando a M.S. como responsable por la muerte de Natalia. Dijo, por ejemplo, que le había prestado el auto a su amigo esa noche, tal vez consciente de que había testigos que hablaban del "auto bordó". Esto terminó por enfurecer a M.S., quien finalmente quebró el "código de silencio".

Cuando finalmente R.B.B. terminó por confesar el juez Gabriel Ohanian y el fiscal Carlos Reyes advirtieron que era necesario pasar a una reconstrucción para ver sobre el terreno si "cerraban" los detalles. Se realizó la reconstrucción de los hechos, comenzando en el propio boliche, donde R.B.B. dijo haber recogido a la joven sobre las 5 de aquel 19 de enero. Desde allí se dirigieron al boliche "Vértigo", donde se detuvieron aunque no bajaron ya que según admitió el acusado intentó mantener relaciones con la joven. Según declaró, al mismo tiempo que Natalia rechazaba la propuesta comenzó a experimentar un ataque de asma. R.B.B. continuó conduciendo por la rambla de los Argentinos hacia Punta del Este, pero al llegar a Solanas la joven comenzó a convulsionar.

R.B.B. dijo que comenzó a buscar el inhalador entre las ropas de la joven, pero que no lo halló. Luego, Natalia perdió el conocimiento y quedó paralizada en el asiento. El joven dijo que entonces sufrió una crisis nerviosa y que resolvió tomar hacia el Norte de la Interbalnearia y buscar un sitio donde dejar a la joven, a esa altura, aseguró, ya sin vida. Luego de atarle las manos la dejó acostada boca arriba en una depresión del terreno, abundantemente cubierta entre matorrales. En ese sitio fue hallada 22 días luego de su desaparición.

En este punto, R.B.B. insistió que no ejerció violencia contra la joven, ni mantuvo relaciones sexuales con ella. Resta por saber aún por qué razón arrojó algunas pertenencias de la joven a un costado de la ruta 73: en un camino fue hallada una sandalia, una bolsa y la cédula de identidad de Natalia Martínez.

R.B.B. terminó procesado con prisión por un delito de homicidio. Las otras seis personas detenidas recuperaron la libertad. Sin embargo, cabe esperar que la defensa del joven apele el fallo. Los médicos forenses nunca llegaron a determinar la verdadera causa de muerte de Natalia Martínez, que no presentaba signos de violencia, de haber consumido drogas, ni de abuso sexual.


 

TREGUA EN EL CONFLICTO DE CONAPROLE: Luego de 20 días de conflicto, empresarios y trabajadores de Conaprole llegaron a una tregua. La empresa acepto la propuesta del MTSS en la búsqueda de una solución consistente en el pase al seguro de desempleo correspondiente, dejando temporalmente en suspenso el despido por notoria mala conducta resuelto. La aprobación de la fórmula por parte de la empresa no implica que resigne su posición contraria al reintegro del obrero despedido. Durante el lapso de cuatro meses en que el trabajador despedido este amparado al seguro de desempleo, empresarios, trabajadores y gobierno buscarán una solución definitiva a la situación laboral del funcionario. No obstante, ni AOEC ni Conaprole se bajan de sus posiciones: el gremio insiste en el reintegro del trabajador, cuestión que la empresa descarta. "Conaprole no claudicará jamás en la defensa de las reglas de convivencia y en el estricto cumplimiento de las normas jurídicas que caracterizan nuestro Estado de Derecho", dice la firma.


 

ORDENARON REALIZACION DE SUMARIOS EN INAU: Cerca de 30 sumarios ordenó el Directorio del INAU a funcionarios por negligencias u omisiones que generaron fugas de menores internados. Según el grado de responsabilidad, las suspensiones oscilan entre un mes y seis meses.

Los funcionarios que son sancionados por hechos como una fuga o porque no procedió con mayor diligencia, le queda la sanción como antecedente. Y ante un nuevo hecho irregular, las sanciones son proporcionales y graduales. Por ese antecedente pasa a tener una sanción mayor y la acumulación de las mismas puede llegar a la destitución de ese trabajador.

El juez penal de Pando, Gonzalo Silva, dijo que "hay montones de expedientes" en el Juzgado sobre fugas del INAU por denuncias del organismo. "Sin embargo, no recuerdo que se haya procesado a ningún funcionario del INAU por omisión en los deberes del cargo". "Se investigan las circunstancias de las fugas y si hubo lesionados o toma de rehenes".

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 7 AL 11 DE JUNIO DE 2010).

VALOR IPC e IMS: Publicado en el Diario Oficial el 7 de junio (Nº 27.989): Por el cual se fija el IPC correspondiente a mayo 2010 en 290,35 (registrando un aumento de 0,16%) y el Indice Medio de Salarios (IMS) en 126,81 sobre base julio 2008 = 100 (registrando un aumento del 0,25%)

    

DECRETO 168/010 VALOR UR, URA e IPC: Publicado en el Diario Oficial el 8 de junio (Nº 27.990): Por el cual se fija el valor de la UR en $ 462,43; de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) en $ 461,12 y del IPC en 289,89 correspondientes al mes de abril de 2010.

Para los alquileres que se reajusten al mes de mayo, el Indice de Actualización será 1,0735


 

    DECRETO 171/010 EMERGENCIA HABITACIONAL: Publicado en el Diario Oficial el 8 de junio (Nº 27.990): Por el cual se declara la situación de emergencia de la población en condiciones de precariedad socio-habitacional y se crea el Plan de Integración Socio-Habitacional "Juntos" y la Comisión que lo Ejecutará.

    El Plan de Integración Socio-Habitacional "JUNTOS" tendrá el objetivo de contribuir a través de la implementación de acciones estratégicas de impacto urbano-habitacional, la mejora de la calidad de vida de los sectores más vulnerables de la población y promover la coordinación interinstitucional a nivel público para su atención.

    Se crea en el ámbito de Presidencia de la República una Comisión integrada por un delegado de Presidencia; un delegado del MVOTMA y un delegado del MIDES, los cuales podrán     convocar a representantes de otros organismos con incidencia en políticas sociales.

    Los cometidos de la Comisión serán: i) planificar, ejecutar y realizar el seguimiento de las políticas aplicables al plan; ii) establecer las prioridades de intervención e inversión; iii) promover e impulsar la participación solidaria de la sociedad a través de diferentes modalidades; iv) preparar, en el plazo de 90 días a partir de la fecha del dictado del Decreto, un proyecto de ley que diseñe la modalidad operativa en lo organizativo y funcional y las líneas de acción y programas;

El PE priorizará la asignación de recursos financieros y humanos para la ejecución del plan.


 

    DECRETO 173/010 GENERACION ENERGIA ALTERNATIVA: Publicado en el Diario Oficial el 8 de junio (Nº 27.990): Por el cual se autoriza a los suscriptores conectadas a la red de distribución de baja tensión, a instalar generación de origen renovable eólica, solar, biomasa o mini hidráulica. Se establecen los máximos de generación (16 amperios o 25 amperios según la forma de suministro). Para superar esos máximos se requerirá autorización expresa previa de UTE.

    El suscriptor de energía eléctrica podrá intercambiar energía con la red de Distribución, encomendándose a UTE adquirir la compra de toda energía eléctrica que el suscriptor entregue a la red, por un período de 10 años. Se deberá firmar en forma previa con UTE para poder realizar el intercambio energético y cumplir con las condiciones de generación. El precio de compra de la energía eléctrica, será el mismo que el del Pliego Tarifario de UTE.

El decreto entrará en vigencia a partir del primero de julio.


 

DECRETO 165/010 EXONERACIONES AL FIDEICOMISO FINANCIERO FONDO DE INVERSION DEPARTAMENTAL: Publicado en el Diario Oficial el 9 de junio (Nº 27.991): Por el cual se declara promovida la actividad desarrollada por el Fideicomiso Financiero Fondo de Inversión Departamental (FFFID), al amparo del art. 11 de la Ley 16.906. Se exonera del Impuesto al Patrimonio (IP) y del IRAE afectado a las actividades promovidas. El Decreto rige a partir del 18 de diciembre de 2009.


 

DECRETO 167/010 ASISTENCIA SANITARIA FUERZAS ARMADAS. AMPLIACION: Publicado en el Diario Oficial el 9 de junio (Nº 27.991): Por el cual se establece la asistencia sanitaria integral a los usuarios de la Dirección de Sanidad de las Fuerzas Armadas.

Se deroga el Decreto 145/994 que establecía que el personal militar o equiparado que pase a situación de retiro a su solicitud, sin haber computado como mínimo 20 años simples, así como sus respectivos familiares (art. 3º Dto. 449/984) sólo tendrían derecho de asistencia no integral, limitando su atención al área policlínica de la Dirección de Sanidad de Fuerzas Armadas.