lunes, 28 de junio de 2010

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas de la Semana Que Paso: “DE ESTO TAMBIÉN SE HABLA”

SUPREMA CORTE SE PRONUNCIO SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL NUEVO PROCESO LABORAL: La Suprema Corte se pronuncio a favor de la inconstitucionalidad de dos artículos de la polémica Ley de Abreviación de Juicios Laborales (Ley 18.572). La sentencia de la SCJ se emitió en el marco de una demanda presentada por un trabajador que reclamó $ 896.106. La empresa alegó la inconstitucionalidad de tres artículos de la nueva legislación. Sin embargo, la Corporación dio la razón en relación a dos de los aspectos reclamados. La resolución -firmada por los ministros Jorge Chediak, Jorge Ruibal, Leslie Van Rompaey y Jorge Larrieux, y que contó con el voto discorde de Daniel Gutiérrez, que se pronunció por desestimar el reclamo- explica que "sin duda alguna" este aspecto de la nueva normativa "infringe muy gravemente el principio de igualdad" entre las partes.

Consideró que es inconstitucional la imposición legal que establece la obligatoriedad de depositar la mitad del monto de la condena para poder apelar (art. 17 inciso segundo de la Ley), por cuanto se considera una limitación del derecho de defensa. Así se expresa que: "Con toda evidencia surge de la norma un condicionamiento a la facultad de impugnar dirigido exclusivamente a la parte demandada, que en los hechos significa una restricción al derecho de defensa, imponiendo un condicionamiento al acceso a la segunda instancia". Agrega que el nuevo sistema procesal de los juicios laborales, al imponer la obligación de depositar la mitad del monto de la condena para apelar, "obstaculizada sin fundamento razonable" la posibilidad de recurrir el fallo de primera instancia para "desestimular que el demandado apele".

Asimismo la Corte se pronuncio por la inconstitucionalidad del art. 14 de la Ley 18.572 que establece que si el demandante no concurre a la audiencia se deberá disponer el archivo del expediente, mientras que si no concurre el demandado el juez deberá fallar con los elementos con los que cuente, dando por ciertos los hechos planteados. La Sentencia expresa que "surge una evidente desigualdad en el trato que la ley dispensa a las partes frente a una misma situación jurídica: la incomparecencia", y más adelante: "la gravedad de la sanción que se establece ante la incomparecencia del demandado -en relación al simple archivo que se dispone en caso de ausencia del actor- excede largamente cualquier razonabilidad en el establecimiento de la mentada diferenciación".

La Corte desestimó el argumento respecto de que la Ley 18.572 sea inconstitucional por impedir la contrademanda de parte de los empleadores. La Corporación entendió que ello "no resulta violatoria de ningún mandato constitucional", ni en particular el principio de igualdad, como se alegó en el recurso.

Recordemos a nuestros lectores, aquellos que no son abogados, que la inconstitucionalidad de la ley se declara para el caso concreto, razón por la cual ninguna incidencia tendrá ésta declaración respecto de otros procesos que se rigen por la misma ley, así como aquellos que se inicien en el futuro. Suponemos, como sucede frecuentemente, que la SCJ de ahora en más, respecto de casos en el que los fundamentos esgrimidos para solicitar la inconstitucionalidad, utilizará el mecanismo de la decisión anticipada.

Resta por ver cuál será la posición de la Corte respecto de otros aspectos de la norma considerados inconstitucionales por nuestros colegas, y sobre todo el pronunciamiento de la Corte respecto del proceso de menor cuantía el cuál es de instancia única. El tiempo dirá….


 

RENUNCIO EL DR. ALVAREZ PETRAGLIA EN MEDIO DE UNA INVSTIGACION ADMINISTRATIVA ORDENADA POR LA SCJ: El juez Penal Federico Álvarez Petraglia presentó el lunes 21 su renuncia al cargo, por considerar que una investigación administrativa ordenada por la SCJ violó su intimidad y se basó en elementos que nada tenían que ver con los hechos indagados.

Todo comenzó en el mes de enero cuando el Juez Álvarez Petraglia denunció la filtración del nombre de una mujer que fue procesada por su colega de Maldonado Gabriel Ohanian y que, a su vez, en noviembre del año pasado se había transformado en "colaboradora" de su Juzgado en el caso que derivó en el procesamiento del abogado Carlos Curbelo Tammaro por el delito de "lavado de activos". Álvarez Petraglia solicitó a la SCJ que se establecieran las circunstancias por las cuales salió a luz el nombre de la "colaboradora", siendo que en función de las características del hecho que se investigaba en su sede se debía resguardar su identidad. Ello motivó que la SCJ iniciara una investigación administrativa, para la cual nombró como instructor al ministro del Tribunal de Apelaciones penal Ángel Cal.

Según Álvarez Petraglia, la indagatoria administrativa que lo tenía a él como denunciante de una presunta irregularidad, tuvo un vuelco y pasó a ser investigado, utilizando elementos probatorios en su contra que, a su juicio, no tienen validez. Cal lo interrogó en relación a correos electrónicos obtenidos de su casilla personal, respecto a si fue la fuente de información utilizada en varios artículos periodísticos y hasta por el contenido de mensajes que su esposa colgó en su sitio de Facebook. A su vez, también fue interrogado respecto a su vínculo con un funcionario del Juzgado penal de Maldonado (donde ejerció hasta ser designado como juez en Montevideo) y si ese empleado administrativo de la sede judicial fernandina le brindaba información. "A ello debe agregarse que en el mencionado expediente administrativo, según se informó por el instructor, personas determinadas me imputan falsamente conductas inadecuadas (por decir lo menos), no pudiendo en la ocasión confrontar mi versión con dichas personas, compulsa que sí realizó el instructor entre una de las denunciantes y el funcionario que supuestamente respondía a mis indicaciones, constituyendo ello una búsqueda de prueba de cargo a mis espaldas y sin noticia, que resulta intolerable", sostiene Álvarez Petraglia en su carta de renuncia.

Denunció la filtración del nombre de la "colaboradora" porque "lo que estaba en juego era el Estado de Derecho ante el embate de grupos criminales organizados, y ahora observa que lo que aquí se investiga es mi persona, mi familia, qué es lo que pienso o no sobre ciertos temas, con qué personas veraneo, si hablo mucho o poco con la prensa, investigación de la cual no creo ser merecedor". "Tengo plena certeza de que esta investigación administrativa no encontrará ninguna falta en mi accionar, mas no pasa por el resultado de la misma mi decisión de alejarme del cargo, sino claramente por la forma en que se sustanció y el giro que en definitiva ha tomado".

La SCJ aceptó la renuncia presentada por Álvarez Petraglia aunque la investigación administrativa respecto a las "filtraciones" seguirá su curso, ya que involucra a otros dos magistrados (Gabriel Ohanian y Adriana Graziuso, de Maldonado). La Suprema Corte claró en un comunicado que "nunca estuvo en tela de juicio la confianza que se le profesaba" al ex juez Federico Álvarez Petraglia. Además, la SCJ señaló que el ex juez estaba siendo indagado a pedido de dos jueces de Maldonado, por lo que es "errónea" su afirmación respecto a que pasó de denunciante a investigado. El ministro de la SCJ Leslie Van Rompaey expresó que la SCJ no tiene cuestionamientos hacia la investigación administrativa que se está realizando, y destacó que la Corporación "confía en la imparcialidad" del magistrado Ángel Cal, quien tiene a su cargo la instrucción.


 

CITARAN A TABARE VAZQUEZ COMO TESTIGO POR ACCIDENTE FATAL OCURRIDO EN ANCHORENA: La familia de Walter Montes de Oca, custodio de Tabaré Vázquez fallecido en abril de 2007 en un accidente ocurrido en la Estancia Presidencial de Anchorena, solicitó que el ex presidente sea citado por la Justicia en el marco de un juicio civil iniciado contra la Presidencia de la República, a la que reclaman una indemnización de US$ 236.000. La camioneta en la que viajaba Montes de Oca, junto a otras tres personas, derrapó y volcó violentamente cuando circulaba por el camino de acceso a la Estancia. Montes de Oca murió a causa de las lesiones sufridas. Tabaré Vázquez, que se encontraba descansando en la Estancia Presidencial, fue el primer médico en llegar al lugar, y prestó los primeros auxilios al funcionario.

El abogado de la familia Montes de Oca, Ramiro Chimuris, dijo que según el informe de Policía Técnica, Vázquez estableció que su custodio tenía lesiones leves "pero a la media hora ingresó al Hospital de Colonia y falleció de forma casi inmediata a raíz de la gravedad de los golpes sufridos". "Cualquier otra persona que hubiera visto a Montes de Oca podía decir que tenía lesiones leves, pero no Vázquez, que es médico de profesión", dijo Chimuris. Cuando se inició el proceso judicial, en noviembre de 2007, Vázquez fue uno de los testigos propuestos por la familia, pero el juez Eguren no citó al ex presidente, y, como a juicio de los demandantes se trata de testimonio relevante, se reiteró la solicitud para que sea interrogado. Por otro lado, Chimuris no descartó que si se comprueba alguna irregularidad o negligencia en la actuación de Vázquez en su actuación como médico en los primeros auxilios que prestó a Montes de Oca, el caso podría "derivar en una responsabilidad específica" de parte del ex presidente.


 

MUNDIAL DE FUTBOL. DESESTIMAN MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA POR CANAL 10: El juez penal Sergio Torres desestimó el pedido de medidas cautelares de Canal 10 contra DirecTV, para evitar que ésta continúe con la emisión del Mundial de Fútbol. Torres señaló que no le compete a la justicia penal adoptar la medida cautelar, y señaló que el "ámbito natural" de tal demanda es la justicia civil. Torres estimó que en este caso, el juez penal "se encuentra sujeto a una importante limitación", que consiste en que, para admitir la medida cautelar, "la ley exige como requisito insoslayable que exista un imputado, esto es, una persona física a quien se haya atribuido participación en un ilícito penal". En este caso, no se dictó presumario, que "sólo se dicta cuando existen elementos de convicción suficientes de la existencia del delito y de la participación del imputado en él", indicó el magistrado en el fallo.


 

DEFINEN PRINCIPALES TEMAS DE LA PROXIMA LEY DE PRESUPUESTO: Vivienda, educación, infraestructura pública, seguridad y mejora salarial para algunos sectores, son las prioridades del gobierno para el Presupuesto, que deberá entrar al Parlamento antes del 30 de agosto. Se piensa contar a 2014 con un espacio fiscal de entre US$ 900 millones y US$ 1.000 millones con respecto a lo disponible en 2010. Esos recursos aún no tienen destino, aclaró el Ministro de Economía, Fernando Lorenzo. El Ministro insistió en que se mantendrá como prioridad mantener el 4,5% del PIB para la educación, que en los hechos supone un aumento de recursos estimado en US$ 320 millones al finalizar esta administración.

Lorenzo planteó como esencial eliminar las iniquidades en los salarios más bajos y anunció que se procurará aumentar sustancialmente el poder adquisitivo de los funcionarios del Ministerio del Interior.

Respecto de la vivienda expreso que la meta para esta administración es de llegar a una cantidad entre US$ 800 millones y US$ 850 millones, lo cual significa un aumento del orden del 70% respecto al gobierno anterior.


 

CONGRSO DE INTENDENTES REMITIO A LA SCJ SU POSICION FRENTE A LA LEY DE EMPADRONAMIENTOS: El Congreso de Intendentes envió a la Suprema Corte su informe de defensa de la Ley de Empadronamientos (18.456). Las intendencias de Colonia y San José presentaron el año pasado un recurso de inconstitucionalidad de la ley. Lo que persigue el Congreso con su informe es que el mismo sea utilizado como insumo por la Corte a la hora de emitir su fallo.

El Congreso de Intendentes hizo consultas a los constitucionalistas José Korzeniak y Ruben Correa Freitas. En caso que la Corte declare inconstitucional la ley, el fallo sólo comprendería a Colonia y San José. De todos modos, sentaría un precedente que podría ser utilizado por otras intendencias para presentar recursos similares.

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 21 AL 25 DE JUNIO DE 2010).


 

DECRETO 180/010 CREACION DE LA OFICINA SUPERVISORA DE LIBERTAD ASISTIDA: Publicado en el Diario Oficial el 24 de junio (Nº 28.002): Por el cual se crea la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA) como unidad especializada en la órbita de la Dirección Nacional de Cárceles, Penitenciarias y Centros de Recuperación. La OSLA tendrá como cometido, la supervisión, coordinación, seguimiento y control respecto de la aplicación y ejecución de las medidas alternativas o sustitutivas de la privación de libertad, establecidas por la Ley 17.726, por intermedio de los Oficiales de Supervisión que se desempeñan en la misma.

Los arts. 3 y 4 del Decreto establecen los requisitos que debe reunir la persona que se desempeñe como Oficial de Supervisión. El Oficial actuará de acuerdo a lo que disponga el Juez, sin perjuicio de su dependencia administrativa y control de la Dirección de Cárceles.