lunes, 15 de noviembre de 2010

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas.-

TRIBUNAL RECHAZA RECUSACION DE CANESSA: La juez penal Fanny Canessa rechazó la recusación planteada por la directora del Centro Nacional de Rehabilitación (CNR), Diana Noy. Canessa desestimó la recusación presentada por Noy, al entender que un juez no puede ser recusado en la etapa de presumario.

Asimismo el Tribunal de Apelaciones Penal de 3er Turno desestimó la recusación presentada por Noy, contra la juez y la fiscal adjunta Beatriz Scapusio, por entender que fue planteada de forma "extemporánea" en relación a Canessa y de forma "improcedente" en cuanto a Scapusio.

Por su parte, la Suprema Corte desestimó la denuncia administrativa presentada por Diana Noy, contra la juez Canessa. Los ministros de la Corte entendieron que no hay elementos que avalen la aparente situación de maltrato y hostigamiento de parte de la jueza, situación denunciada por Noy y tres educadores del CNR que debieron declarar en el juzgado a causa de la muerte del recluso Mauro Bozzatta.

Sin embargo, la SCJ resolvió iniciar un sumario administrativo al actuario del juzgado, César Menoni. La situación del actuario "es distinta" a la de la jueza, y por eso se decidió comenzar una indagatoria administrativa. De todos modos, Ruibal Pino se excusó de brindar mayores detalles al respecto.

Por otro lado, la madre del recluso fallecido presentó una demanda civil contra el Ministerio del Interior, al que reclama una indemnización de US$ 50.000 por el fallecimiento del joven de 26 años, a quien en el momento de morir le restaban cuatro meses para recuperar la libertad. En la demanda se denuncia que las autoridades no tuvieron "la más mínima inquietud" por indagar lo ocurrido con el interno.


 

CAU SOLICITARA PRORROGA PARA INGRESO PROFESIONALES AL FONASA:
El Colegio de Abogados del Uruguay (CAU) iniciará gestiones ante el gobierno para retrasar el ingreso de los prestadores de servicios personales independientes en el Fondo Nacional Salud (FONASA) previsto para el próximo 1° de enero. Una comisión creada en el CAU para analizar el tema, concluyó que el ingreso de los prestadores de servicios personales independientes al FONASA presenta "serios y graves" visos de inconstitucionalidad.

La incorporación de los profesionales al FONASA se hará mediante un descuento en base al total de la facturación, mientras que en el caso de quienes combinan capital y prestación de servicios, se realizará un aporte sobre una base ficta de 6,5 BPC.

La abogada tributarista Alicia Seijas, quien integra la comisión del CAU que evaluó la integración al Fonasa, dijo que la modalidad de ingreso al sistema deja "varios flancos abiertos para presentar acciones de inconstitucionalidad". Como el descuento para la cobertura de salud se hará en función de la capacidad contributiva, "lo que se está haciendo es aplicar un nuevo impuesto". "Si el resto de los beneficiarios del Fonasa pagan una contribución, ¿por qué nosotros vamos a pagar un impuesto?".


 

PROCESARON AL PRIMER MILITAR EN ACTIVIDAD POR CRIMENES COMETIDOS DURANTE LA DICTADURA:
Por primera vez, un general en actividad fue enviado a prisión por el crimen de la militante comunista Nibia Sabalsagaray, ocurrido en la dictadura. Se trata de Miguel Dalmao, quien se desempeñaba como jefe de la División IV del Ejército. El juez Rolando Vomero también procesó con prisión al coronel (r) José Chialanza. En los dos casos, a pedido de la fiscal Mirtha Guianze, el magistrado les imputó el delito de "homicidio muy especialmente agravado" en grado de "coautoría".

El cuerpo de Nibia Sabalsagaray apareció sin vida en su celda, horas después de haber sido detenida. El caso se hizo pasar como suicidio, pero el juez Vomero, en base a los testimonios de ex presos y algunos militares, concluyó que la joven falleció durante una sesión de tortura. Si bien no se inculpa a Dalmao y Chialanza por haber sido los autores materiales de la muerte, su vinculación surge a raíz de que, según las pruebas recolectadas durante la investigación, permitieron y avalaron la tortura en el interrogatorio en el que murió Sabalsagaray. En su fallo, el juez señala que los militares incurrieron en "contradicciones" y que buena parte de sus declaraciones no son creíbles, en función de las pruebas recabadas.

Respecto a Dalmao, el juez sostiene que el general modificó en dos ocasiones su versión de cómo halló el cuerpo de Sabalsagaray. Incluso, el fallo sostiene que en su momento, entre algunos militares y presos, circuló la versión de que Dalmao fue el autor material del homicidio, aunque ese extremo no se pudo comprobar.

Frente a esto, un grupo de militares en actividad y retiro planea recurrir al pronunciamiento de organismos internacionales buscando la condena a la ley de Amnistía de 1985. A tales efectos abrieron una cuenta en Abitab para financiar la contratación de un estudio de abogados que presenten recursos en los tribunales internacionales de la ONU y la OEA contra la ley de Amnistía, que luego de la dictadura benefició a los ex guerrilleros del MLN-T. En 1985, el gobierno de Julio María Sanguinetti impulsó tres leyes para apoyar la restauración de la democracia: una ley que amnistió a los presos, la ley de Caducidad, y la ley de restitución de derechos para los funcionarios públicos destituidos en dictadura por razones ideológicas.


 

COMISION INVESTIGADORA DEL SENADO POR DEROGACION ARTICULO LEY 2.230: La oposición marcó "omisiones, olvidos y contradicciones" de Gonzalo Fernández y concluyó que se afectó el "delicado equilibrio" entre la órbita pública y privada. Pero justificó la labor del Senado al derogar delito por el que procesaron a los hermanos Peirano. El último informe de la oposición, elaborado por el senador blanco Carlos Moreira y firmado por Francisco Gallinal y el colorado José Amorín, recomienda elevar todo lo actuado a la Justicia.

Según el informe, "El redactor del proyecto y los firmantes actuaron dentro del marco de objetividad y responsabilidad (...) De haber conocido alguna de las eventuales consecuencias (la clausura del expediente), se habría exigido su previo pasaje por la comisión y una exhaustiva y profunda discusión posterior", dice el informe de la oposición.

Es probable que el informe del grupo de Pedro Bordaberry, Vamos Uruguay, marque su discrepancia respecto a la labor legislativa en este tema. Pasquet ha afirmado que hubo "negligencia" de los senadores. Los dos informes se distancian cuando analizan la actuación del ex secretario de Presidencia Gonzalo Fernández.

"El delicado equilibrio entre la actividad privada… y el cumplimiento de las reglas de derecho que regulan el ejercicio legítimo de la función pública, muy en especial por tratarse de un funcionario de tanta jerarquía y peso político, puede haberse visto comprometido a la luz de las omisiones, olvidos y contradicciones", dice el informe de la oposición. Cuando Fernández asistió al Senado, omitió decir que defendía a dos encausados por la aplicación de la ley 2.230. Tampoco dijo que había escrito un informe en 2006 al ministro de Economía Danilo Astori aconsejando la derogación del artículo, aunque luego "aconsejó lo contrario" por teléfono. La oposición asegura que "desde el punto de vista estrictamente jurídico y de técnica legislativa" era acertado derogar los artículos, ya que la ley 2.230 es "una vieja ley de 1893, calificada por maestros como Sebastián Soler como monstruo jurídico o por la doctora Adela Reta como ejemplo de pésima técnica legislativa". El informe indica que, al no haber pasado el proyecto por comisión y al haberse votado en forma urgente en sala, el Cuerpo de senadores "no tuvo prácticamente posibilidad de aquilatar, considerar y menos aún de prever algunas consecuencias jurídicas generadas por la aprobación" de la ley, en referencia a la clausura del expediente penal.

En cambio, el FA concluyó que Fernández "no fue protagonista" en la derogación y que resulta "prístino el espíritu" que movió al ex funcionario y también al senador Abreu.


 

CASO NIN NOVOA: La Fiscalía pedirá el procesamiento del senador Rodolfo Nin Novoa, por haber ocultado en su declaración jurada del año 2007, su participación en un emprendimiento rural que gestiona junto a sus hermanos. El fiscal Luis Bajac solicitará el procesamiento de Nin por el delito de "falsificación cometida por un funcionario público". Por las características del delito imputado, la solicitud de enjuiciamiento pedirá que se disponga la prisión preventiva de Nin.

Nin atribuyó a "intereses políticos" la resolución de la Fiscalía; afirmó que "no tiene ningún bien que no haya declarado" y calificó el pronunciamiento de la Fiscalía como "un disparate". En declaraciones a Radio Oriental, Nin dijo que "lo único que tengo es el emprendimiento rural junto a mis hermanos y eso lo declaré. No puse el nombre de la sociedad, pero sí todos los bienes que tengo".

La resolución del caso dependerá de si el Senado le levanta o no los fueros a Nin Novoa. Si eso ocurre, podrá ser citado a declarar, pero si no, el expediente quedará paralizado y recién habrá resolución en el momento en que no tenga más fueros parlamentarios.


 

EL BCU PUBLICO GUIA PARA DETECTAR OPERACIONES SOSPECHOSAS CON RELACION A INMUEBLES: El Banco Central divulgó una "guía de transacciones y señales de alerta" con el objetivo de ayudar a detectar patrones sospechosos en actividades relacionadas con la compraventa, construcción, promoción, inversión y otras transacciones que involucren inmuebles.

El instructivo elaborado por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) incluye patrones de comportamiento que podrían vincularse con operaciones de lavado de activos provenientes tanto de actividades delictivas como del financiamiento del terrorismo pese a que aclara que la sola señal no tiene por qué implicar el acto delictivo. La Guía establece riesgos relacionados con la ubicación geográfica entre las que figuran: transacciones en las que intervengan personas domiciliadas o provenientes de países o territorios que no integren el GAFI, "que sean considerados paraísos fiscales o en los que rijan normas de secreto que puedan dificultar el adecuado conocimiento de los verdaderos beneficiarios finales de las operaciones y/o origen de los fondos utilizados" o que estén identificados por organismos serios por sus niveles considerables de corrupción, así como los que fueron objeto de sanciones internacionales.

Entre las señales vinculadas al cliente, plantea las transacciones que son a nombre de personas que reflejen indicios de carecer de capacidad económica, en las que participen personas políticamente expuestas, en las que intervengan procesados o condenados por delitos, familiares de éstos o personas que cuenten con domicilio desconocido. También aquellas transacciones que hagan fundaciones o asociaciones cuando las características de la operación no correspondan a los objetivos de la entidad o las que oculten el beneficiario final. Se agregan aquellas en las que se hacen arreglos entre compradores que permiten la inclusión de terceros desconocidos o las que reflejen interés de realizarse muy rápido sin explicación.

A nivel de las transacciones en sí, alerta sobre las que se hacen a precios diferentes a los del mercado, las que involucran varias compraventas sucesivas sobre el mismo bien, las que se realizan antes de un embargo o declaración de insolvencia, las pagas en efectivo, entre otras.


 

    COFE RECURRIO DECRETO SOBRE HORARIO EN LA ADMINISTRACION CENTRAL: COFE presentó el pasado jueves un recurso administrativo, con más de 3.000 firmas, contra el decreto que los obliga a trabajar un mínimo de seis horas y modifica el sistema de sanciones. La defensa de los funcionarios apunta al régimen disciplinario que determina que ante una sucesión de sanciones se aplique hasta 180 días de suspensión. El texto del recurso señala que el decreto lesiona las garantías "al derecho del debido proceso legal, consagrado en el artículo 66 de la Constitución".

La semana próxima presentarán una acción de amparo ante el Poder Judicial. En ese caso dirán que la obligación de trabajar seis horas desconoce una serie de acuerdos previos de reducción horaria. Por tal motivo reclamarán que se les compense económicamente por la ampliación de la jornada laboral.

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 8 AL 12 DE NOVIEMBRE DE 2010).

IPC e IMS: Publicado en el Diario Oficial el 8 de noviembre (Nº 28.096): Por el cual se fija el Índice de los Precios al Consumo correspondiente al mes de octubre de 2010 en 300,66 y el Índice Medio de Salarios (IMS) correspondiente al mes de setiembre de 2010 en 128,95.


 

LEY 18.694 OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DESPACHANTES ADUANA: Publicada en el Diario Oficial el 10 de noviembre (Nº 28.098): Por el cual se dictan normas que establecen obligaciones y responsabilidades para los despachantes de aduana, en lo relativo a la guarda, conservación y archivo de los documentos derivados de operaciones aduaneras.

Acceda al texto de la ley siguiendo éste enlace:

http://www.presidencia.gub.uy/sci/leyes/2010/10/mef_270.pdf


 


 

DECRETO 322/010 VALOR UR, URA e IPC:
Publicado en el Diario Oficial el 10 de noviembre (Nº 28.098): Por el cual se fija el valor de la Unidad Reajustable (UR) en $ 469,75; el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) en $ 467,41; y el Indice de Precios al Consumo en 298,74 correspondiente al mes de setiembre 2010.

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de octubre de 2010 es de 1,0632.


 


 

DECRETO 323/010 DISTRIBUCION PORCENTAJE FUNCIONARIOS CASINOS:
Publicado en el Diario Oficial el 10 de noviembre (Nº 28.098): Por el cual se modifica el art. 10 del Decreto 360/978 referente a la forma de distribución del porcentaje de las utilidades brutas del juego en los casinos del Estado entre el personal beneficiario de la Dirección General de Casinos.

Se establece que en caso de producirse pérdidas en un mes en algún Casino, no se realizará la distribución del porcentaje entre los funcionarios del mismo, con excepción de la participación en el Fondo Común del 3% previsto en el literal c) del art. 9. En los meses siguientes, los porcentajes se liquidarán sobre el total que resulte una vez absorbida dicha pérdida.

Igual criterio se aplicará para la participación de los demás funcionarios beneficiarios de la Dirección General de Casinos en la liquidación de los respectivos porcentajes.


 

DECRETO 326/010 REGIMEN EXTRAORDINARIO RETRIBUCIONES POR DEDICACION EXCLUSIVA, FUNCIONARIOS DGI:
Publicado en el Diario Oficial el 12 de noviembre (Nº 28.100): Por el cual se sustituye el artículo 1° del Decreto 298/010 referente al régimen extraordinario de retribuciones por dedicación exclusiva a funcionarios de la DGI.

El art. 1° establece que se deja sin efecto con respecto a los funcionarios de la DGI que perciban el nuevo régimen extraordinario de retribuciones por dedicación exclusiva, previsto en el inciso segundo de la Ley 17.706, el inciso segundo del art. 2° del Dto. 6/006 y el literal c) del art. 5 del Dto. 22/007.