lunes, 19 de julio de 2010

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 12 AL 16 DE JULIO DE 2010).

DECRETO 202/010 VALOR UR, URA, IPC: Publicado en el Diario Oficial el 16 de julio (Nº 28.017): Por el cual se fija el valor de la Unidad Reajustable (UR) en $ 463,56; el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) en $ 462,36 y el Indice de Precios al Consumo (IPC) en 290,35 (sobre base marzo 97 = 100) correspondiente al mes de mayo de 2010.

Para aquellos alquileres que se reajusten al mes de junio, el coeficiente de actualización será de 1,0709.


 

    LEY 18.665 REQUISITOS E INCOMPATIBILIDADES CONCEJALES MUNICIPIOS: Publicada en el Diario Oficial el 16 de julio (Nº 28.017): Por la cual se modifican artículos de la Ley 18.567 en los aspectos relacionados con los requisitos e incompatibilidades para ejercer como Concejales de los Municipios.

    Se sustituye el art. 10 de la Ley 18.567, relativo a los requisitos para integrar los municipios, estableciéndose que serán requisitos: 18 años de edad, ciudadanía natural o legal con 3 años de ejercicio y estar radicado dentro de los límites territoriales del municipio desde por lo menos 3 años antes. No podrán integrar los municipios los miembros de la Junta Departamental ni los intendentes. Los alcaldes estarán sometidos al mismo régimen de incompatibilidades e inhibiciones que los intendentes. Los Concejales estarán sometidos al mismo régimen de incompatibilidades e inhibiciones que los integrantes de la Junta Departamental y Juntas Locales.

    Se agrega a la Ley 18.568 un nuevo artículo que establece que los Concejales en ejercicio de la autoridad gozarán de los mismos beneficios que otorga el art. 673 de la Ley 14.106 a quienes, siendo funcionarios públicos, integran las Juntas Departamentales, Juntas Locales y Juntas Electorales.

El art. 673 de la Ley 14.106 establece que todos los funcionarios públicos que ejerzan el cargo de miembros de las Juntas Departamentales, Juntas Locales y Juntas Electorales de todo el país, tendrán derecho a que se les permita faltar a sus tareas, cuando deban concurrir a las sesiones ordinarias o extraordinarias del Cuerpo que integran, o sus Comisiones, sin descuento de sus haberes. La causal alegada deberá justificarse mediante constancia oficial, expedida por la Presidencia de las respectivas Juntas.


 

    DECRETO 203/2010 DEDUCCION IVA PARA ACTIVIDADES INDUSTRIALES. PRORROGA: Publicado en el Diario Oficial el 16 de julio (Nº 28.017): Por el cual se prorroga hasta el 31 de julio de 2010 para los contribuyentes que desarrollen actividades industriales manufactureras y extractivas, el régimen de deducción del IVA establecido por Decreto 232/009 del 19 de mayo de 2009.


 

    DECRETO 205/2010 MODIFICACION ESTATUTO FUNCIONARIO DEL BCU: Publicado en el Diario Oficial el 16 de julio (Nº 28.017): Por el cual se aprueba la modificación del art. 21 del Estatuto del BCU, el cual quedará redactado "Cuando en un departamento se desempeñen funcionarios cónyuges o personas declaradas judicialmente unidas en unión concubinaria, o parientes dentro del tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad, el Directorio del Banco considerará si la situación es inconveniente para los intereses de la Institución. En caso afirmativo, dispondrá los traslados correspondientes".

No hay comentarios:

Publicar un comentario