lunes, 13 de septiembre de 2010

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 6 AL 10 DE SETIEMBRE DE 2010).

DECRETO 257/010 MODIFICACIONES IRPF E IRNR: Publicado en el Diario Oficial el 7 de septiembre (Nº 28.054): Por el cual se modifican los Decretos 148/007 y 149/007.

Por el art. 1º del Decreto se agregan al art. 18 del Dto. 148/007 los siguientes incisos:

"A los solos efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, el concepto de resultados acumulados comprenderá a las ganancias y pérdidas contables acumuladas sin asignación específica, a las reservas legales, a las estatutarias y en general a todas aquellas creadas de acuerdo al Artículo 93 de la Ley No. 16.060 de 4 de setiembre de 1989, generadas en los ejercicios iniciados antes del 1º de julio de 2007.

Cuando se hubieran agotado los resultados acumulados, los dividendos y utilidades distribuidos se imputarán a la renta neta fiscal gravada por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas desde el primer ejercicio fiscal incluido en dicho impuesto y con independencia de aquél en el cual se generaron."

    Por el art. 2º del Decreto al art. 7 del Dto. 149/007 los siguientes incisos:

"A los solos efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, el concepto de resultados acumulados comprenderá a las ganancias y pérdidas contables acumuladas sin asignación específica, a las reservas legales, a las estatutarias y en general a todas aquellas creadas de acuerdo al Artículo 93 de la Ley No. 16.060 de 4 de setiembre de 1989, generadas en los ejercicios iniciados antes del 1º de julio de 2007.

Cuando se hubieran agotado los resultados acumulados, los dividendos y utilidades distribuidos se imputarán a la renta neta fiscal gravada por el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas desde el primer ejercicio fiscal incluido en dicho impuesto y con independencia de aquél en el cual se generaron."


 

VALOR IPC AGOSTO E IMS JULIO: Publicado en el Diario Oficial el 8 de septiembre (Nº 28.055): Por el cual se determina el valor del IPC correspondiente al mes de agosto de 2010 en 297.85 sobre base marzo 1997 igual 100; y el Indice Medio de Salarios (IMS) correspondiente al mes de julio en 128,20


 

DECRETO 258/010 INCORPORACION INMUEBLES PARA VIVIENDAS INTERES SOCIAL (REGLAMENTA ARTS. 367 A 370 LEY 18.362): Publicado en el Diario Oficial el 8 de septiembre (Nº 28.055): Por el cual se reglamentan los arts. 367 a 370 de la Ley 18.362. Los arts. 368 369 prevén la incorporación a la "Cartera de Inmuebles para Viviendas de Interés Social" (CIVIS) en la órbita del MVOTMA, podrá adquirir inmuebles para la construcción de viviendas y servicios habitacionales a efectos de ejecutar los proyectos y programas previstos en el Plan Quinquenal de Vivienda y ajustes anuales.

Por el Decreto se reglamenta la incorporación de inmuebles a la CIVIS y la adjudicación de los mismos, afectándolos a la ejecución de los proyectos y los programas previstos en los respectivos Planes aprobados.


 

    DECRETO 260/010 TELEFONIA CON TECNOLOGIA IP, EXCLUSIVIDAD ANTEL: Publicado en el Diario Oficial el 8 de septiembre (Nº 28.055): Por el cual se establece que la prestación de servicios de telefonía fija en el ámbito nacional que utiliza la tecnología IP, forma parte de la exclusividad de ANTEL dispuesta por el art. 6 del Decreto Ley 14.235, y por consiguiente no está incluida en los servicios habilitados por las Licencias de Telecomunicaciones Clase B a que refiere el artículo 9, numeral 2), del Decreto 115/003, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto 85/009.

    La exclusividad de ANTEL no abarca la prestación de servicios de voz sobre IP internos en instituciones o empresas, siempre que los mismos no sean brindados a terceros.


 

DECRETO 263/010 ACTIVIDADES FABRICACION (MAQUINARIAS Y EQUIPOS AGRICOLAS), BENEFICIOS FISCALES: Publicado en el Diario Oficial el 8 de septiembre (Nº 28.055): Por el cual se establecen los criterios para determinar cuándo una actividad es de fabricación y por lo tanto alcanzada por beneficios establecidos por Decretos 346/009 y 6/010.

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