lunes, 13 de diciembre de 2010

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 6 AL 10 DE DICIEMBRE DE 2010).

DECRETO 354/010 DESALOJO DEPENDENCIAS PUBLICAS POR OCUPACION:
Publicado en el Diario Oficial el 10 de diciembre (Nº 28.120): Por el cual se dictan normas relativas al desalojo de dependencias públicas cuando hayan sido ocupadas por trabajadores.

    Se establece que ocurrida una ocupación por parte de trabajadores de una dependencia pública, cualquiera sea la naturaleza de ésta (Administración Central, Entes Autónomos; Servicios Descentralizados; Poder Judicial, Poder Legislativo, etc.) se procederà por el jerarca de la misma a solicitar el desalojo al Ministerio de Trabajo. Éste procederá en forma perentoria a tentar una conciliación sujeta a condición de que los ocupantes depongan su medida en forma inmediata (art. 1º).

    Si dicha conciliación resultare inútilmente tentada, la mencionada Secretaría de Estado procederá a intimar la desocupación inmediata de los ocupantes bajo apercibimiento del uso de la fuerza pública. Cumplidas estas etapas y de persistir la situación, se solicitará al Ministerio del Interior el desalojo inmediato de los trabajadores. Idéntico procedimiento se aplicará para aquellos casos en que los ocupantes no fueren funcionarios de la dependencia pública ocupada (art. 2º).

    Los Gobiernos Departamentales podrán, si así lo solicitaren, acceder a idéntico mecanismo de desocupación (art. 3º).

El art. 4º establece que durante el término en que se mantenga la ocupación la organización sindical a cargo deberá garantizar:

  1. Que inmediatamente de producida la misma se deje constancia documentada del estado de los bienes muebles e inmuebles.
  2. Que la organización sindical más representativa de los trabajadores ocupantes, adopte las medidas que considere apropiadas para prevenir daños en las instalaciones, maquinarias, equipos y bienes de la Administración o de terceros, así como aquellas destinadas a prevenir o corregir de forma inmediata , en caso de producirse, los actos de violencia;
  3. Que se tomen las medidas tendientes a preservar bienes perecederos o a mantener en funcionamiento los procesos que no pueden ser interrumpidos sin poner en riesgo la viabilidad de la explotación y/o la estabilidad laboral de los trabajadores de la dependencia objeto de ocupación;
  4. Que en ningún caso los ocupantes asuman la gestión total o parcial de la dependencia.

La notificación de la intimación administrativa prevista se realizará en la persona de la organización representativa de los trabajadores y por cedulón genérico fijado en la puerta del establecimiento ocupado (art. 5º).

    Acceda al texto del Decreto siguiendo éste enlace:

    http://www.presidencia.gub.uy/sci/decretos/2010/12/mtss_130.pdf


 

IPC E IMS: Publicada en el Diario Oficial el 7 de diciembre (Nº 28.117): Por la cual se establece el Indice de Precios al Consumo (IPC) correspondiente al mes de noviembre en 300,43 y el Indice Medio de Salarios (IMS) correspondiente al mes de octubre en 129,41.


 

DECRETO 355/010 MODIFICA NORMAS REFERENTES AL LAVADO ACTIVOS:
Publicado en el Diario Oficial el 10 de diciembre (Nº 28.120): Por el cual se determinan los deberes de los sujetos obligados a reportar operaciones inusuales o sospechosas, con el fin de mejorar y fortalecer el sistema nacional contra el lavado de activos y financiación del terrorismo, y se deroga el Decreto 86/2005.

Acceda al Decreto siguiendo éste enlace:

http://www.presidencia.gub.uy/sci/decretos/2010/11/mef_291.pdf


 

DECRETO 344/010 REGULA ACTIVIDAD AREA ZONAS FRANCAS DE LA DIRECCION GENERAL DE COMERCIO: Publicado en el Diario Oficial el 6 de diciembre (Nº 28.116): Por el cual se dictan normas con el fin de regular la actividad en el Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio.

Acceda al Decreto siguiendo éste enlace:

http://www.presidencia.gub.uy/sci/decretos/2010/11/mef_291.pdf


 

    DECRETO 345/010 AGREGA INCISO DTO REGLAMENTARIO IRAE: Publicado en el Diario Oficial el 6 de diciembre (Nº 28.116): Por el cual se agrega un inciso al art. 42 del Dto. 150/2007, relativo a excepciones de deducción de gastos en la liquidación de IRAE.

    El inciso que se agrega establece: "Sin perjuicio de las vigencias especiales que se establezcan, las deducciones establecidas en los numerales 1 a 40 serán de aplicación para ejercicios iniciados a partir del 1º de julio de 2007."


 

DECRETO 346/010 ENTRADA EN VIGENCIA ARTICULO AUMENTO OBLIGATORIO SOCIEDADES COMERCIALES: Publicado en el Diario Oficial el 6 de diciembre (Nº 28.116): Por el cual se establece que la modificación dispuesta por el art. 124 de la Ley 18.627 al art. 288 de la Ley 16.060 (Aumento Obligatorio de Capital) será de aplicación para los ejercicios económicos que se inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 18.627 (publicada en el Diario Oficial el 16 de diciembre de 2009).


 

ACORDADA 7694 REGLAMENTO CARGOS QUE SE MENCIONAN: Publicada en el Diario Oficial el 7 de diciembre (Nº 28.117): Por la cual se aprueba el nuevo reglamento de ingresos, ascensos y traslados para los cargos de Secretario de Tribunal de Apelaciones, Inspector de Juzgados Letrados, Actuario, Inspector de Juzgado de Paz y Actuario Adjunto.

Acceda al texto de la Acordada siguiendo éste enlace:

http://www.poderjudicial.gub.uy/pls/portal30/docs/FOLDER/PJUDICIAL/OR/ORCA01/ORCA10/128-2010.PDF

No hay comentarios:

Publicar un comentario