lunes, 11 de octubre de 2010

Resumen de Noticias Judiciales y Legislativas.-

APROBARON FIGURA DEL COORDINADOR DEPARTAMENTAL: En el voto de la Ley de Presupuesto, el Frente Amplio (con los votos en contra de la oposición), aprobó la creación del cargo de coordinador departamental. El artículo habilita la instalación de hasta 18 de estos cargos, pese a que públicamente se está manejando crear Coordinadores Departamentales regionales.


 

INAU. JEFA DEPARTAMENTAL DE PAYSANDU PROCESADA SIN PRISION: El sábado 2 de octubre la Justicia de Paysandú procesó sin prisión a la jefa departamental del INAU local por un delito de omisión contumacial a los deberes del cargo, y remitió a la cárcel a un hombre como resultado de la investigación sobre prostitución infantil. Conocido el fallo, se iniciará a nivel del INAU una investigación a los efectos de determinar las responsabilidades administrativas y políticas de las autoridades del instituto.


 

PROYECTO QUE REFORMA ALCANCE DE LA DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD: El Partido Independiente presentó un proyecto de ley que, mediante una reforma constitucional, modifica el alcance de las decisiones de inconstitucionalidad dictadas por la Suprema Corte haciéndolas generales, haciendo caer la norma o parte de la misma que es declarada inconstitucional.


 

EL 52,4% DE LOS PRESOS SIN SENTENCIA DE CONDENA: Según datos de la División de Planeamiento y Presupuesto del Poder Judicial el 52,4% de la población carcelaria no tiene sentencia de condena. Según los datos, al 31 de diciembre de 2009 existían en Uruguay un total de 8.196 presos, de los cuales 4.292 (52,4%) no tenían aún sentencia dictada y 3.904 (47,6%) sí la tenían. La proporción de presos sin sentencia es mayor en el interior que en Montevideo. Mientras que en la capital el 54% de los presos tiene sentencia, en el interior sólo 40% tiene la condena fijada. Entre los presos con sentencia se incluyen la sentencia ejecutoriada (es decir, cuando ya no se puede interponer contra ella ningún recurso) o sin ejecutoriar. En el ámbito judicial señalan que se debe acortar la duración de los procesos penales para lograr reducir la cantidad de presos sin condena. Para ello, los expertos consideran es necesario modificar el actual Código del Proceso Penal, para pasar a un sistema oral y acusatorio.


 

SEGÚN CATEDRATICOS PROYECTO DE LEY SOBRE CADUCIDAD ES INCONSTITUCIONAL: La opinión de especialistas en asuntos constitucionales de tres universidades es coincidente en cuanto a que la iniciativa del Frente Amplio para declarar la no aplicabilidad de tres artículos de la ley de Caducidad, es inconstitucional. El catedrático de la Universidad de la República, Felipe Luzardo, opinó que el "artículo primero del proyecto de ley es inconstitucional porque la Cámara de Diputados no puede hacer una interpretación auténtica de la Constitución. De poder hacerlo, la ley tendría efecto retroactivo y no puede tenerlo".

Carmen Asiaín, de la Universidad de Montevideo, opinó que legislar en función de una decisión de la Comisión Internacional de Derechos Humanos, como plantea el Frente Amplio, sería "aceptar una coacción" sobre el país, porque estos acuerdos "no habilitan a que se proceda a invadir potestades de la Justicia". Los dos pronunciamientos populares (plebiscito y referéndum) marcan que hubo una preeminencia de la democracia directa y que no corresponde al representante modificar pronunciamientos del soberano.

Luego, la comisión recibió a los catedráticos de Derecho Internacional Público Roberto Puceiro y Agustín Prat (Universidad de la República), y José Gamio (Universidades Católica y Universidad de Montevideo). Gamio sostuvo que las normas internacionales no sustituyen a las constitucionales. Y añadió que en Uruguay la salida se dio por medio de un pacto político con los militares, y que en la ley de Caducidad se dio la salida política avalada por todos los partidos.


 

PODER JUDICIAL OBLIGADO A PROPORCIONAR DATOS: La Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP) estableció que el Poder Judicial está obligado legalmente a informar al público en general sobre los expedientes judiciales, incluyendo la identificación de las partes y el juzgado donde se tramita el expediente. El dictamen de la UAIP fue emitido en el marco de una denuncia presentada por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAINFO) que pidió información sobre las demandas judiciales iniciadas al amparo de la Ley de Acceso a la Información Pública, pero la Suprema Corte de Justicia se negó a dar esos datos. La UAIP sostuvo que "el Poder Judicial se encuentra alcanzado por las obligaciones" de transparencia de la Ley de Derecho de Acceso a la Información Pública, vigente desde 2008.

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