lunes, 17 de mayo de 2010

NORMAS DE INTERES PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL (SEMANA DEL 10 AL 14 DE MAYO DE 2010).


 

    DECRETO 151/010 EVALUACION FUNCIONARIOS PUBLICOS:
Publicado en el Diario Oficial el 11 de mayo (Nº 27.971): Por el cual se prorroga para el ejercicio 2009 el régimen de evaluación al desempeño previsto por Decreto 301/996. Al no estar aprobado el nuevo sistema de evaluación del desempeño de los funcionarios públicos, el cual prevé que el Poder Ejecutivo (PE), con el asesoramiento de la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC) y del Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado (CERE), dará cumplimiento a lo dispuesto por el art. 87 de la Ley 17.556 y deroga los arts. 22 a 26 y 28 y 29 de la Ley 16.736 (art. 5 Ley 17.904; art. 87 Ley 17.556), se mantiene el régimen de evaluación que se venía aplicando hasta el presente y que venía siendo prorrogando año a año.

El Decreto 301/996 establece que el sistema de evaluación que prevé será aplicable a todos los funcionarios presupuestados o contratados de la Administración Central de los escalafones A a F y R. El sistema de evaluación del desempeño se regirá por los principios de igualdad de oportunidades, eficiencia, competitividad y excelencia, y en el mismo intervendrán el Jerarca, el Tribunal de Evaluación y el Supervisor. La evaluación se efectuará anualmente por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de cada año. Los factores de calificación serán: rendimiento y calidad, condiciones personales, comportamiento, y aptitudes en cargos de supervisión y responsabilidad. En dicho Decreto se establecen todos los aspectos para calificar el desempeño de cada funcionario en cada unidad ejecutora.


 

DECRETO 152/010 EFICIENCIA ENERGETICA:
Publicado en el Diario Oficial el 13 de mayo (Nº 27.973): Por el cual se dispone que las dependencias del Poder Ejecutivo que no hubieren celebrado el acuerdo sobre eficiencia energética (establecido por Dto. 527/008) con el Ministerio de Industrias (MIEM), deberán en forma improrrogable suscribirlo antes del 31/5/2010.

Cada dependencia deberá designar un Responsable Energético, y en caso de una nueva designación, comunicarla a la Dirección de Energía y Tecnología Nuclear. Esta persona debe contar con formación profesional y experiencia necesaria para gestionar operativa y funcionalmente los recursos energéticos del organismo y tendrá a su cargo el desarrollo del Plan Energético Institucional a ser presentado antes del 1/9/2010.

Se debe desarrollar e implementar planes internos destinados al uso racional y eficiente de la energía. La meta mínima de ahorro no deberá ser inferior al 5% respecto del consumo de energía eléctrica registrado en 2007 por las dependencias de los distintos organismos estatales.


 

CIRUCLAR 2059 BCU ASESORES INVERSION MERCADO VALORES: Publicada en el Diario Oficial el 14 de mayo (Nº 27.974): Por la cual se modifica el plazo para solicitar la inscripción en el Registro del Mercado de Valores Sección Asesores de Inversión.

Los asesores de inversión deberán solicitar la inscripción en el Registro del Mercado de Valores Sección Asesores de Inversión, previo al inicio de sus actividades (art. 328 de la Recopilación de Normas del Mercado de Valores).

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